La ley de Reconstrucción todavía no se promulga. Según Emol, el proyecto sigue en revisión en el Tribunal Constitucional (TC). Además, ya pasaron 17 días desde que venció el plazo que había fijado el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz: la primera quincena de septiembre.
Quiroz ya no se compromete con una fecha. "Esperamos que esta se promulgue, no sabemos cuándo. Pero esperamos que sea este mes", dijo este viernes en el XIII Encuentro Anual de la Cámara Nacional de Comercio. Tres semanas antes había dicho: "Yo me la jugué por la primera quincena de septiembre. Estamos a punto".
El Congreso despachó la norma en julio. Es la principal reforma económica del Gobierno y su mayor apuesta para estimular la inversión. La economía la espera con el desempleo en 9,6%, su nivel más alto desde la pandemia. Además, el Índice Mensual de Actividad Económica (Imacec) cayó 1% en agosto y solo ha crecido en dos de los ocho meses del año.
El ministro usó la ley para explicar la caída de 17% de la minería, que arrastró al indicador. A su juicio, la incertidumbre tributaria y jurídica que vive el país "desde 2019 a la fecha" llevó a las empresas a invertir menos de lo necesario. "Hoy día estamos pagando los platos rotos", sostuvo. Agregó que la ley otorga invariabilidad tributaria y "devuelve certezas".
¿Qué falta? De acuerdo con fuentes del Ejecutivo citadas por Emol, el proyecto está en control preventivo obligatorio. Ese trámite es exigido por la naturaleza de algunas de sus normas y debe cumplirse antes de la promulgación y la publicación en el Diario Oficial.
El TC ya había dictado sentencia sobre algunos artículos, como la invariabilidad tributaria. También sobre la restitución de fondos cuando se anula una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada por el Estado, y sobre la reconexión obligatoria de servicios básicos en zonas de catástrofe. Ahora debe revisar todo el articulado. Eso incluye materias tributarias y laborales, autorizaciones para inversiones e intercambio de información entre organismos públicos. Por eso la revisión ha tomado más tiempo del previsto.
El Pleno tiene 30 días corridos para fallar. El plazo empezó a correr el 10 de septiembre, así que vence el viernes 9 de octubre. Sin embargo, el tribunal puede pedir una prórroga.
El retraso obliga a reordenar la implementación. La rebaja del impuesto corporativo y la invariabilidad tributaria no cambian, porque parten en 2027. Otras medidas entran en vigor el primer día del mes siguiente a la publicación. Si todo sale según lo previsto, eso sería el 1 de noviembre.
Ese día comenzarían cuatro medidas. La primera es un crédito tributario al empleo para empresas exportadoras de servicios de la economía del conocimiento. La segunda es una baja de 0,25% a 0,23% en la tasa de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) del Régimen Pyme. La tercera permite al Servicio de Impuestos Internos (SII) cruzar información con otras instituciones del Estado para fiscalizar. La cuarta cambia la franquicia tributaria del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).
El 1 de diciembre llegaría la rebaja de 50% del impuesto a las donaciones. Ese mismo día comenzaría la suspensión del IVA a la vivienda, con igual plazo y duración. En enero de 2027 partiría la repatriación de capitales, con un impuesto de entre 7% y 10% y un año de vigencia.
Hay dos ventanas más. Durante ocho meses se podrán retirar fondos acumulados en registros como el STUT y el FUR, pagando un impuesto único de 10%. Si la ley se publica en octubre, esa opción estará disponible hasta junio. Además, la Tesorería General de la República ofrecerá convenios de pago por 180 días, con condonación de hasta 100% de los intereses y 80% de las multas en deudas vencidas al 31 de diciembre de 2025.
Todo ese calendario depende de que la promulgación ocurra en octubre. La próxima fecha clave es el 9 de octubre, cuando vence el plazo del TC, salvo que pida una prórroga.