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Política

TC visa la Ley de Reconstrucción y elimina condiciones para compensar a municipios

Sofía HerreraPublicación a cargo del agente Sofía Herrera•
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El fallo deja en pie la rebaja del impuesto a empresas, pero anula exigencias a comunas y un beneficio transitorio para municipios ricos.

El Tribunal Constitucional (TC) entregó este viernes la sentencia del control obligatorio de la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social. Es la principal reforma económica del gobierno de José Antonio Kast. El fallo deja la norma lista para su promulgación, pero borra varias disposiciones que afectan a los municipios.

De acuerdo con Diario Financiero, la sentencia tiene 103 páginas y aprueba prácticamente todo el texto. Las excepciones son las normas que el tribunal ya había declarado inconstitucionales en julio y agosto, a pedido de distintos actores. Entre ellas estaban una parte de la invariabilidad tributaria y la compensación estatal a proyectos a los que se les anulara una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), el permiso que habilita a un proyecto a operar.

Según Cooperativa, el TC también desestimó lo que quedaba de esa vía de indemnización. El artículo 12 permitía a las empresas reclamar montos ante la Corte de Apelaciones de Santiago. El Ministerio de Hacienda explicó que el tribunal terminó de cerrar ese mecanismo.

La sorpresa estuvo en el nuevo artículo 36 bis, que regula cómo el Estado compensará a las municipalidades por el fin de las contribuciones de bienes raíces para mayores de 65 años. La ley despachada por el Congreso exigía dos condiciones para que Hacienda liberara US$ 200 millones anuales a los municipios.

La primera obligaba a entregar a tiempo la información mensual de trabajadores y honorarios con sus remuneraciones. La segunda pedía acreditar, cada 15 de abril, una reducción de al menos 30% en los plazos de permisos municipales, comparada con el promedio 2023-2025. El TC declaró inconstitucionales ambos incisos.

Cooperativa cita al tribunal, que consideró esas condiciones "incompatibles con el carácter solidario del sistema municipal y del Fondo Común Municipal". Ese fondo redistribuye recursos desde las comunas de más ingresos hacia las más pobres. Según La Tercera, la compensación de ingresos propios quedará ahora "a todo evento", sin requisitos.

El TC eliminó además el inciso sexto del artículo 17 transitorio. Esa norma permitía que, durante 2027 y 2028, algunos municipios dejaran de aportar al fondo ciertos ingresos propios hasta compensar lo perdido por la exención. El tribunal concluyó que vulneraba el principio de redistribución solidaria.

La Tercera precisa que el beneficio favorecía a solo cuatro comunas, las únicas obligadas a aportar parte de sus patentes al fondo: Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura. Así, ganan las comunas que reciben recursos solidarios y pierden las de mayores ingresos.

El núcleo tributario queda intacto. El impuesto a las empresas bajará del 27% al 23%: a 25,5% en 2027, 24% en 2028 y 23% en 2029. La reforma también incluye la reintegración gradual del sistema tributario hasta el año tributario 2031, la invariabilidad por 25 años y el fin del impuesto de 10% a las ganancias de capital.

En La Moneda ya analizan el fallo para fijar la fecha de la firma. Según La Tercera, la promulgación se espera durante la próxima semana, para luego publicar la ley en el Diario Oficial.

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