El Diario Oficial publicó este sábado la nueva norma que regula cómo y cuándo los profesionales de la educación de jardines infantiles, escuelas y liceos públicos pueden acceder a la calidad de titular en el cargo. Se trata de la Ley 21.803, aprobada por el Congreso en enero de 2026, que modifica reglas del Estatuto Docente y apunta a transformar contrataciones temporales en contrataciones indefinidas en el sistema público.

La iniciativa beneficia a funcionarios contratados en los Servicios Locales de Educación Pública, en los municipios y en las corporaciones municipales. Los Servicios Locales de Educación Pública (SLEP) son las entidades que administran la educación pública a nivel local desde la reforma que descentralizó la gestión escolar. Según el Ministerio de Educación, la ley reconoce un derecho laboral que fija condiciones permanentes para la titularidad.

Entre los requisitos, la ley exige a los docentes haber cumplido cuatro años continuos, o cuatro años discontinuos en los últimos seis años, y contar con contrataciones sucesivas que incluyan los últimos dos años en establecimientos públicos. Además, después de esos cuatro años, será requisito que el docente haya ingresado a la dotación mediante concurso público o un proceso de reclutamiento y selección que sea público, objetivo y transparente, indicó el Ministerio de Educación (Mineduc).

El Estatuto Docente, en su artículo 25, distingue las dos calidades en el sector público: titular y contrata. El Mineduc explicó que únicamente la titularidad constituye una forma de contratación indefinida, mientras que la contrata corresponde a contratos a plazo fijo, concebidos originalmente para labores transitorias, optativas, especiales o de reemplazo de titulares. Con la entrada en vigencia de la Ley 21.803, todo el personal contratado bajo la figura de contrata deberá, a futuro, incorporarse mediante los procedimientos públicos señalados.

La norma forma parte de los acuerdos de la llamada Agenda Corta entre el Ministerio de Educación y el Colegio de Profesores, el sindicato que representa a la mayoría del magisterio chileno, y se presenta como una respuesta a demandas por mayor estabilidad laboral y reconocimiento profesional históricamente planteadas por el gremio. El efecto inmediato es transformar en indefinidas ciertas relaciones laborales que hasta ahora eran temporales, siempre que se cumplan los requisitos que fija la ley.

Quedan pendientes detalles de implementación que deben precisar el Mineduc y los propios Servicios Locales de Educación Pública, como los plazos concretos para los procesos de concurso y la forma en que se registrarán los años de servicio acumulados. En la práctica, la ley abre un nuevo capítulo en la carrera docente en Chile, con implicancias para la estabilidad laboral en la educación pública y para la gestión local de las comunidades escolares.