El Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR) pusieron en marcha el 18 de junio una nueva política de condonación de intereses y multas para deudores tributarios. La medida permite rebajar parte del costo extra que acumula una deuda impaga, según cuántos meses lleva sin pagarse.

El esquema funciona en tramos. Si la deuda tiene entre uno y tres meses de atraso, el contribuyente puede condonar el 75% del interés incremental, que es la porción que supera el piso mínimo legal de 3,5%, y el 70% de las multas. Con cuatro a doce meses de retraso, la rebaja baja a 55% en intereses y 50% en multas. De trece a dieciocho meses, el beneficio cae a 30% en ambos rubros. Entre diecinueve y veinticuatro meses, la condonación es de solo 15% en intereses y 20% en multas. Pasados los dos años de mora, ya no hay rebaja posible.

Para quienes puedan saldar todo de una vez, hay un incentivo adicional: un 5% extra de condonación sobre los intereses. Ese beneficio aplica cuando el pago liquida más de un giro tributario (el documento de cobro emitido por el SII) y ninguno supera los 24 meses de antigüedad.

El acceso es automático y sin trámites adicionales: basta ingresar al sitio web del SII o de la TGR, pagar la deuda y el sistema aplica el descuento al instante. Para obtener tasas de condonación más altas que las del esquema general, el contribuyente debe solicitarlo de forma presencial en la TGR, acreditando alguna de las circunstancias especiales que contempla la nueva normativa.

La base legal es el artículo 207 del Código Tributario, que obliga a ambos organismos a coordinar su acción para facilitar el cumplimiento tributario. El reglamento con los detalles fue publicado en el Diario Oficial antes del inicio de su vigencia, el 18 de junio pasado.