La segunda edición de la Guía "Áreas de influencia en el SEIA" empezará a regir durante la primera semana de marzo, tras la publicación de su extracto en el Diario Oficial, según informó el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Su aplicabilidad queda respaldada por el Oficio Ordinario N°202499102679 del 30 de julio de 2024, que fija la entrada en vigor junto con la resolución exenta correspondiente.
Contexto técnico La guía entrega un marco conceptual y metodológico para delimitar y describir las áreas de influencia, es decir, la extensión geográfica y los componentes ambientales que pueden verse afectados por un proyecto. El SEA explica que la actualización incorpora la última evidencia técnica publicada por la institución, aclara criterios que generaban dudas en evaluaciones previas y aprovecha nuevas funcionalidades de geoinformación disponibles en el e-SEIA, la plataforma electrónica del sistema.
El documento fue elaborado de manera colaborativa entre departamentos del SEA y con aportes técnicos de instituciones públicas, entre ellas la Corporación Nacional Forestal (Conaf), la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), la Dirección General de Aguas (DGA), la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar), la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado (Difrol), el Ministerio del Medio Ambiente y la Superintendencia del Medio Ambiente.
La guía busca homologar criterios técnicos que usan las direcciones regionales y la División de Evaluación Ambiental, lo que puede traducirse en cambios prácticos en los EIA (estudios de impacto ambiental). Entre los efectos más relevantes están: Alcance de estudios: la delimitación más precisa, apoyada en capas geoespaciales, puede ampliar o acotar qué cuencas, tramos costeros, corredores de fauna o áreas de influencia social deben estudiarse. Requisitos de mitigación y monitoreo: si se identifica un área de mayor alcance, se requerirán más medidas de prevención y seguimiento, por ejemplo para aguas subterráneas en proyectos mineros o para dispersión atmosférica en centrales energéticas. Participación y derechos indígenas: la presencia de Conadi en la elaboración refuerza la consideración de territorios de pueblos indígenas, lo que puede afectar la extensión de consultas y medidas compensatorias.
Ejemplos prácticos Minería: para un depósito de relaves, la guía obliga a evaluar no solo el emplazamiento inmediato, sino también cuencas hidrográficas aguas abajo, vías de acceso, y posibles efectos sobre acuíferos, usando mapas y modelos espaciales. Energía e infraestructura: para un gasoducto o línea de transmisión, la delimitación considerará la franja de servidumbre, riesgo sísmico, interferencias con áreas marinas para instalaciones costeras, y el tráfico marítimo en el caso de obras portuarias.
Aplicación en trámites y perspectiva Según el Oficio N°202499102679, la guía es de observancia obligatoria desde su publicación. Eso significa que regirá para los nuevos EIA presentados después de su entrada en vigor. En procesos en curso, la autoridad podrá usarla como referencia técnica al revisar expedientes, aunque cualquier cambio concreto en un trámite dependerá de resoluciones administrativas específicas.
Como informó Periodismo2 en un artículo reciente sobre decisiones del Comité de Ministros, la forma en que se delimitan áreas de influencia ya ha sido relevante en aprobaciones y recursos administrativos. Esta guía apunta a reducir discrepancias técnicas entre regiones y a ofrecer herramientas digitales que agilicen análisis cartográficos, pero su impacto real dependerá de la aplicación uniforme por parte de las direcciones regionales, la capacitación de profesionales y la transparencia en la actualización de capas geoespaciales del e-SEIA.
Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Guía Áreas de influencia en el SEIA, segunda edición; Oficio Ordinario N°202499102679, 30 de julio de 2024. Participación técnica registrada de Conaf, Conadi, DGA, Directemar, Difrol, Ministerio del Medio Ambiente y Superintendencia del Medio Ambiente.