Las estafas por teléfono volvieron al debate público en el último mes tras el caso de la actriz Amparo Noguera y otros personajes públicos, y por denuncias que señalan ejecuciones incluso desde recintos penitenciarios. El delito busca un beneficio económico mediante engaños que afectan el patrimonio de las víctimas y, por eso, su condena depende esencialmente del monto defraudado.

Para que exista estafa, explica el abogado penalista Rodrigo Guerra, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, se requiere, en términos legales, “un engaño, un error, una disposición y un perjuicio patrimoniales”. Esa estructura del delito es la que guía la investigación fiscal y la calificación que termine aplicando un tribunal.

La ley establece tramos punitivos que varían según el perjuicio. En rangos intermedios, la sanción puede implicar presidio menor en su grado medio a máximo, es decir penas que van desde 541 días hasta cinco años, junto con multas por varias unidades tributarias mensuales. Para perjuicios mayores, cuando el daño supera tramos elevados de Unidades Tributarias Mensuales, la pena se eleva y puede llegar, en los casos más severos, a presidio de cinco años y un día a diez años.

La Unidad Tributaria Mensual, UTM, es la referencia societaria que usa la ley para cuantificar esos tramos y su valor varía mensualmente. En términos aproximados, esos umbrales se han equiparado en la discusión pública a cifras que van desde decenas de millones de pesos hasta cientos o miles de millones, según el monto denunciado.

En la práctica, las investigaciones parten de la denuncia ante el Ministerio Público, que coordina diligencias con la Policía de Investigaciones, PDI, y solicita peritajes telefónicos, análisis de redes sociales, oficios a operadores y, cuando corresponde, órdenes de entrada y registro. Cuando hay indicios de participación desde un establecimiento penitenciario interviene Gendarmería como parte de las indagaciones internas y las fiscalías solicitan medidas cautelares a los tribunales, que pueden incluir prisión preventiva en casos de riesgo de fuga o reiteración delictual.

En los tribunales chilenos ya existen precedentes de condenas por estafas telefónicas, algunos de ellos vinculados a operaciones realizadas desde recintos penitenciarios, lo que ha aumentado la preocupación ciudadana sobre el control de comunicaciones y la fiscalización en los penales. Los fallos suelen ponderar la existencia del engaño, el grado de planificación del delito y la vulnerabilidad de las víctimas al fijar la pena.

Para reducir la probabilidad de ser víctima, los especialistas recomiendan no entregar datos personales ni bancarios por teléfono, cortar la comunicación ante solicitudes de transferencias o códigos, verificar la identidad por canales oficiales antes de realizar cualquier pago y denunciar siempre ante el Ministerio Público o la policía. También es aconsejable comunicar el hecho al banco o institución financiera afectada para intentar bloquear movimientos y recabar antecedentes para la investigación.

Hoy, los casos que han reactivado la discusión continúan en distintas etapas de investigación y judicialización. La fiscalía decide si formaliza cargos, y de concretarse una acusación el proceso puede culminar en condena con penas que, como explica Guerra, se modulizan en función del perjuicio patrimonial causado. La combinación de controles penitenciarios, medidas de investigación más ágiles y campañas de prevención a la ciudadanía aparecen como pasos necesarios para reducir este tipo de delitos.