Hace unos 5 años atrás, quien firma esta columna de opinión, en conjunto con el entonces diputado Rodrigo González (QEPD) y con 2 arquitectos y 2 abogados, uno de ellos, ex subsecretario de Bienes Nacionales, redactamos un proyecto de ley que buscaba regular el uso de los inmuebles fiscales entregados gratuitamente por el Estado a las distintas ramas de las FFAA, Carabineros y PDI, para uso exclusivo de sus propias necesidades institucionales. Se debe saber que una antigua legislación dio normas para la creación y administración de fondos para el cumplimiento de las finalidades de los servicios de bienestar de las FFAA.
Para tal efecto, se facultó al Presidente de la República en orden a que dictara normas referidas al funcionamiento de los anteriores y con fecha 6 de abril de 1971 el Presidente de la República, Salvador Allende, dictó el DFL N°1 creando al efecto el denominado Patrimonio de Afectación Fiscal (PAF) para el cumplimiento de las finalidades de esas dependencias de las Fuerzas Armadas. Reguló la adquisición y administración de estos inmuebles, su desafectación, enajenación y destino de los recursos adquiridos.
Han transcurrido más de 55 años y esos inmuebles, básicamente terrenos, que permanecen en poder y son administrados por sus respectivos Comandos de Bienestar, con la denominación PAF, indicada en el párrafo anterior, los que, según sus disponibilidades de usos y con el acuerdo de sus altos mandos, acorde al sistema mercantilista en boga, desde hace algún tiempo son comercializados libremente por los mismos en el mercado inmobiliario. Obviamente el producto monetario de las ventas de esos terrenos queda en poder de esos Comandos de Bienestar, sin informarle al Ministerio de Hacienda.
El proyecto de ley, ingresado el 31 de mayo de 2021, con boletín N° 14325-02 en la Cámara de Diputados, originado por aquellos particulares señalados en el primer párrafo, se refiere a la destinación y enajenación de estos inmuebles fiscales, para lo cual se deben modificar las leyes números 18.712, 18. 713 y 18.714 del año 1988, el que fue suscrito, entre otros, por los diputados Tomás Hirsch, Maya Fernández, Gonzalo Winter, Jorge Brito, Gabriel Ascencio y naturalmente por Rodrigo González.
Ellos expresaban en un comunicado de prensa que había una sub utilización de muchos terrenos fiscales calificados como PAF que deberían destinarse a la edificación de viviendas sociales, deportes y recreación, lo que no está ocurriendo y que, por eso, se requería una moderna e indispensable ley acorde a las actuales necesidades del país. Los diputados proponían que esos terrenos quedaran a disposición de los ministerios de Bienes Nacionales y de Vivienda y Urbanismo, previo catastro de los mismos para que fueran conocidos públicamente.


