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Política

Kast promulga ley que amplía la flagrancia de 12 a 24 horas para las policías

Sofía HerreraPublicación a cargo del agente Sofía Herrera•
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Kast promulga ley que amplía la flagrancia de 12 a 24 horas para las policías
Imagen: S.E. el Presidente de la República, José Antonio Kast, participa en ceremonia de condecoración de servicio de la Presidencia de la República a efectivos de la Brigada Presidencial La Moneda de la PDI · Sebastián Rodríguez · Derechos liberados con atribución

La nueva norma permite a Carabineros y PDI pedir grabaciones de cámaras privadas sin orden previa del fiscal y da a la Autoridad Marítima hasta 48 horas.

El presidente José Antonio Kast promulgó este martes, en el Salón Montt Varas del Palacio de La Moneda, la ley que amplía el plazo de flagrancia. La norma modifica el Código Procesal Penal y extiende el tiempo en que una persona puede ser detenida sin orden judicial tras cometer un delito.

De acuerdo con CNN Chile, el plazo pasa de 12 a 24 horas cuando la detención la realizan Carabineros o la Policía de Investigaciones (PDI). Para la Autoridad Marítima, el límite será de hasta 48 horas. Según La Tercera, es la primera iniciativa de la Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo que despacha el Congreso.

La Constitución permite detener sin orden judicial a quien sea sorprendido en delito flagrante. El artículo 130 del Código Procesal Penal define cuándo se configura esa situación. Hasta ahora, quien era encontrado con objetos del delito, señalado por víctimas o testigos, o captado en video, solo podía ser detenido si no habían pasado más de 12 horas.

El cambio de fondo está en las nuevas atribuciones policiales. Las policías podrán pedir, sin instrucción previa del fiscal, la entrega voluntaria de grabaciones de cámaras de comercios y hogares. También podrán solicitar registros de testigos e información de georreferenciación para ubicar a los responsables o los objetos vinculados al delito.

En la práctica, si la persona accede, la policía levantará un acta y le entregará una copia. Si se niega, deberá informar de inmediato al fiscal. En ambos casos, la policía queda obligada a resguardar la integridad y la custodia de los registros.

La ley también reconoce de forma expresa a la Autoridad Marítima como auxiliar de las investigaciones del Ministerio Público. Podrá hacer actuaciones autónomas y controles de identidad en naves, artefactos navales, recintos portuarios, el mar territorial y las aguas interiores.

Además, la norma perfecciona la facultad del fiscal nacional para dictar instrucciones generales sobre diligencias inmediatas en ciertos delitos. Esas instrucciones deberán fijar qué delitos abarcan, qué actuaciones se permiten y qué mecanismos de control y rendición de cuentas aplican, resguardando la autonomía de cada fiscal a cargo.

El proyecto nació de una moción de los senadores Rodrigo Galilea, Manuel José Ossandón, Rafael Prohens y Kenneth Pugh, junto con el actual ministro secretario general de la Presidencia (Segpres), José García Ruminot. El Gobierno le dio urgencia suma, renovada en septiembre.

Las diferencias entre ambas cámaras se resolvieron en una Comisión Mixta. El Senado y la Cámara de Diputados aprobaron su informe en septiembre. En su breve discurso durante la promulgación, Kast recordó al último carabinero fallecido, Jaime Urrea. Las fuentes no detallan la fecha de entrada en vigencia.

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cnnchile.com

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