La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección presentado por la representante de la comunidad Buenaventura–La Varilla 4 y determinó que la suspensión del suministro de agua potable mediante camiones aljibe vulneró derechos constitucionales, ordenando a la Delegación Presidencial Regional de Coquimbo generar una solución en un plazo máximo de 30 días.
El tribunal, en fallo unánime de la Primera Sala, consideró que durante 2025 la comunidad sí recibía abastecimiento por camiones aljibe y que la interrupción posterior configuró una exclusión arbitraria de los programas de emergencia hídrica. La resolución establece que esa privación expone a residentes a riesgos sanitarios y afecta el derecho a la vida y a la integridad física.
En los alegatos se informó que en noviembre de 2025 el municipio presentó una propuesta para resolver la falta de agua, pero no existe claridad pública sobre su implementación. La Corte señaló que la Delegación se desentendió de la responsabilidad administrativa que derivó en la suspensión y facultó al órgano regional para convocar a todos los actores involucrados y adoptar medidas efectivas.
Tras conocerse la resolución, el ministro Felipe Pulgar Bravo afirmó que, aunque pudo existir un error administrativo en la aplicación de los criterios del programa, sus consecuencias no pueden recaer en la comunidad afectada, especialmente por la presencia de niños, niñas y adolescentes en el campamento. El secretario de Estado instruyó conformar mesas de trabajo y coordinaciones para restablecer el suministro.
La Delegación Presidencial Regional de Coquimbo emitió una declaración en la que aseguró actuar en estricto apego al marco normativo vigente y recordó que el Programa de Respuesta para la Emergencia Hídrica, PREH, está regulado por la Circular N°7 de la Subsecretaría del Interior. En su comunicado la Delegación defendió la legalidad de sus procedimientos, sin detallar públicamente cómo cumplirá la orden judicial.
La decisión del tribunal pone en foco la precariedad que enfrentan familias de campamentos ante la falla de mecanismos de respuesta en sequía. Para los residentes, la falta de agua no es solo una incomodidad, sino un problema cotidiano que afecta higiene, preparación de alimentos y cuidado infantil. Expertos y organizaciones sociales han señalado que medidas temporales, como camiones aljibe, deben ir acompañadas de soluciones de mediano plazo que garanticen continuidad.
A partir del fallo, el Ejecutivo ha planteado dos líneas de acción: por una parte, las mesas de trabajo y coordinaciones multisectoriales anunciadas por el ministro Pulgar; por otra, la revisión de la aplicación de los criterios del PREH y de la propuesta municipal de noviembre de 2025. La Corte concedió 30 días para que la Delegación establezca mecanismos concretos, plazo durante el cual las familias esperan el restablecimiento del servicio y la definición de medidas que eviten nuevas interrupciones.