El Congreso argentino aprobó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo pensado para financiar indemnizaciones por despido mediante aportes patronales obligatorios calculados sobre las remuneraciones.

El trámite parlamentario se concentró durante la discusión de la reforma laboral en la Cámara de Diputados. Tras modificaciones introducidas en el Senado y largas horas de sesión, la iniciativa logró los votos necesarios, en una votación registrada públicamente por la Cámara. En el proceso se eliminó el artículo 44, vinculado a licencias, cuya autoría sigue sin aclararse.

Según el texto aprobado, recogido en el artículo 61 del proyecto, las contribuciones mensuales serán del 1% de las remuneraciones para las grandes empresas y de 2,5% para las micro, pequeñas y medianas empresas, en concordancia con la ley PYME. Antes de las enmiendas del Senado, el esquema original fijaba un aporte uniforme del 3% para todos los empleadores. La contadora Elisabet Piacentini explicó que estos porcentajes se calculan sobre la misma base que rige otras cargas sociales, por lo que en los formularios de cotizaciones aparecerá el nuevo ítem del 2,5% para las MiPyMEs.

El artículo 77 incorpora además una reducción en la contribución patronal, disposición que formó parte del paquete de cambios aprobados durante el trámite, aunque el detalle operativo y su impacto fiscal fueron puntos de controversia en el debate.

El diseño del FAL generó objeciones de distintos actores económicos y técnicos. El Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana, conocido por sus siglas IERAL, un centro de análisis económico argentino, cuestionó la forma de financiamiento y advirtió posibles efectos colaterales sobre el sistema previsional, la denominada caja previsional. Sectores de la oposición y bloques dialoguistas sostuvieron argumentos similares, señalando riesgo de desfinanciamiento previsional.

Qué implica para empleo y mercados en la región, y qué lecciones puede ofrecer a Chile

En términos laborales, un fondo de este tipo tiende a reducir el costo inmediato de despido para las empresas, al trasladar parte del pasivo a un esquema colectivo. Para trabajadores, su efecto real depende de la suficiencia de las cotizaciones y de las reglas de acceso y cobertura del fondo. Desde la perspectiva de las empresas, la diferenciación por tamaño alivia la carga de grandes empleadores pero aumenta la presión sobre las MiPyMEs, que en Argentina deberán aportar 2,5%.

Para los mercados de capitales, la creación de un FAL puede generar nuevos flujos de ahorro previsional o instrumentos financieros destinados a invertir los recursos del fondo. Al mismo tiempo, cambios que reduzcan recursos del sistema previsional podrían afectar la liquidez y la composición de los portafolios de los fondos de pensiones, con posibles efectos sobre la demanda de activos locales.

Para Chile, donde existe un Seguro de Cesantía que combina cuentas individuales y un componente solidario administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), el caso argentino aporta dos lecciones. Primero, el diseño del financiamiento importa: establecer aportes diferenciados puede proteger a ciertos empleadores, pero trasladar ingresos previsionales a nuevos fines puede debilitar la sostenibilidad de las pensiones. Segundo, la experiencia muestra la necesidad de claridad técnica y transparencia en los formularios de cotizaciones para evitar distorsiones administrativas y costos inesperados para MiPyMEs.

Estado actual y próximos pasos

El FAL quedó incorporado a la reforma laboral aprobada por el Congreso argentino y ahora enfrentará su fase de implementación técnica y normativa. Persisten las dudas sobre su impacto fiscal y previsional, por lo que es previsible que se soliciten informes técnicos y seguimientos por parte de organismos económicos. En Chile, el debate público puede tomar este caso como antecedente útil a la hora de discutir eventuales cambios en el régimen de indemnizaciones o en instrumentos colectivos de protección ante el desempleo.

Fuentes: registros del trámite legislativo en el Congreso argentino, declaraciones públicas de la contadora Elisabet Piacentini, y análisis del Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana (IERAL).