El fallo de la Corte Suprema que precedió las 56 rebajas de pena a agresores sexualesEm espanhol

Tras perder un amparo el 14 de mayo, Justicia dejó de oponerse a reducir condenas por delitos sexuales contra menores y otorgó 56 rebajas.Em espanhol

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Palacio de los Tribunales de Justicia, Santiago · Archivo 2017Em espanholImagem: commons.wikimedia.org · Felipe Restrepo Acosta · CC BY-SA 4.0Imagem de arquivo

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Según Ex-Ante, el quiebre que llevó al Ministerio de Justicia a conceder 56 rebajas de pena a condenados por delitos sexuales contra menores fue un fallo de la Corte Suprema del 14 de mayo. Ese día, la segunda sala del máximo tribunal anuló el decreto con que la cartera había negado el beneficio a un condenado por violación.

El medio reconstruyó el caso revisando las causas disponibles en el sitio del Poder Judicial. Ninguna otra fuente ha confirmado hasta ahora esa reconstrucción.

El condenado es Leandro Antonio Uribe Vásquez, de 36 años. El Décimo Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago lo condenó en 2021 a cinco años de cárcel por la violación de un adolescente de 14 años. El 23 de abril de 2026, el ministerio rechazó rebajarle la pena mediante el decreto exento 1218.

Uribe Vásquez recurrió primero a la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó su petición. La Corte Suprema revocó esa sentencia y acogió su recurso de amparo, la acción que permite pedir a un tribunal que proteja la libertad personal frente a una decisión ilegal o arbitraria.

De acuerdo con Ex-Ante, esa fue la última vez que el ministerio encabezado por Fernando Rabat se opuso en tribunales a entregar el beneficio. A dos meses de iniciado el gobierno, la cartera cambió de criterio.

El fallo fue dividido. Los ministros Leopoldo Llanos y Jorge Zepeda, junto con la abogada integrante Pía Tavolari, sostuvieron que la ley 21.421 no podía aplicarse de manera retroactiva. Esa norma, promulgada en 2022 por el expresidente Sebastián Piñera, excluyó de la reducción de penas a los condenados por delitos sexuales contra menores de 18 años.

"La pena con que un delito ha de ser castigado debe estar establecida en una ley con anterioridad a la perpetración del hecho", señaló la resolución de mayoría, que dejó a salvo las leyes posteriores favorables al condenado.

Los ministros Manuel Valderrama y María Cristina Gajardo votaron en contra, como en otras causas similares. Plantearon que la ley 19.856 concede un beneficio y no establece un derecho, y que la reforma de 2022 es una norma administrativa de ejecución de penas, no sujeta a la irretroactividad penal.

Este viernes, Rabat explicó a Radio Duna que la decisión se tomó "aproximadamente en el mes de mayo del año 2026", tras seguir la tendencia de rechazar las solicitudes. "Concluimos que, a nuestro entender, estábamos frente a un problema de orden constitucional", dijo.

El resultado fueron 56 reducciones de pena: 29 a condenados por violación y 27 a sentenciados por abuso sexual de menores. El medio Interferencia las dio a conocer esta semana.

Rabat sostuvo al principio que la Corte Suprema había fijado un criterio uniforme a favor de las rebajas. Luego se publicaron resoluciones que lo contradecían, entre ellas fallos del 24 de febrero de este año contrarios a esas reducciones, y el ministro retrocedió en sus dichos.

La oposición pide su salida y amenaza con una acusación constitucional, el mecanismo con que el Congreso puede destituir a un ministro.

Este viernes, Rabat anunció la suspensión de la tramitación de los decretos de rebaja de condena. También comprometió el respaldo a "una serie de proyectos de ley para impedir que se sigan otorgando estos beneficios a personas condenadas antes del año 2022".

Fontes

Com informações de ex-ante.cl · Abrir publicação original

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