La Corte Suprema confirmó que fue ilegal el oficio con que la Comisión para el Mercado Financiero (CMF, el organismo que fiscaliza a bancos, aseguradoras y la bolsa) obligó a las compañías de seguros a adelantar hasta un 10% de las rentas vitalicias durante la pandemia, según La Tercera.
La Tercera Sala del máximo tribunal ratificó así el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago. Esa corte había acogido el 16 de julio de 2024 los recursos de Bice Vida, Penta Vida y 4 Life Seguros de Vida contra el Oficio Circular N.º 1208.
Para entender el lío, sirve recordar qué es una renta vitalicia. Al jubilarte, puedes entregar tus fondos de la AFP a una aseguradora, que a cambio te paga una pensión fija hasta tu muerte. Desde ese momento, la plata deja de estar en tu cuenta individual.
En 2021, en medio del tercer retiro de fondos de pensiones, un grupo de diputados, entre ellos Karim Bianchi y Pamela Jiles, impulsó que los pensionados con renta vitalicia también pudieran sacar dinero. Así nació la Ley N.º 21.330, una reforma constitucional, y la CMF emitió el oficio para aplicarla.
Las aseguradoras reclamaron en mayo de 2021. En paralelo, acudieron al Tribunal Constitucional (TC), que declaró inaplicables los incisos pertinentes de la ley. El TC argumentó que en este régimen los fondos no pertenecían a los pensionados, por lo que la medida vulneraba el derecho de propiedad de las compañías.
Con esa base, la Corte de Apelaciones concluyó que el oficio quedó sin fundamento normativo. Agregó que la CMF no hizo consulta pública, no justificó bien la urgencia y que impuso obligaciones adicionales que excedían el marco legal.
La Suprema fue más allá y extendió la ilegalidad a otros cuatro actos de la CMF, entre ellos la Norma de Carácter General N.º 453. "Si el Oficio Circular N.º 1208-21 es ilegal y la causa directa de los restantes actos administrativos reclamados, la ilegalidad del primero se extiende a todos ellos", señaló el fallo.
La sentencia la firmaron los ministros Adelita Ravanales, Jean Pierre Matus y Omar Astudillo, junto al abogado integrante Raúl Fuentes. El ministro Diego Simpértigue participó en la decisión, pero no firmó por haber cesado en su cargo.
El conflicto también llegó al plano internacional. El grupo asegurador Ohio activó el mecanismo de resolución de controversias del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Chile y Estados Unidos.
¿Qué significa esto para el Fisco? Según expertos del sector citados por La Tercera, el fallo fortalece las demandas de indemnización que las aseguradoras presentaron contra el Estado por los daños derivados de la ley.
Penta Vida demandó en abril de 2025 ante el Primer Juzgado Civil de Santiago por 723.920 UF, unos $28.212 millones. Principal, filial del grupo estadounidense del mismo nombre, pidió 592.357 UF ($23.180 millones) ante el Tercer Juzgado Civil. Renta Nacional reclamó $6.455 millones.
En total, las tres compañías exigen más de $57.847 millones, sobre 1,48 millones de UF. Las demandas apuntan contra el Consejo de Defensa del Estado, que representa al Fisco. Si prosperan, ese dinero saldría de las arcas públicas, es decir, de los impuestos de todos.
Para los pensionados que retiraron parte de su renta vitalicia, la fuente no detalla efectos directos del fallo sobre sus pagos. Las demandas de indemnización siguen en tramitación en los juzgados civiles de Santiago, y no tienen sentencia según la información disponible.

