El 13 de febrero de 2026 entró en vigencia la tercera y última etapa de la Ley de Plásticos de un Solo Uso (Ley PUSU), que regula los plásticos desechables en la venta de comida preparada, las botellas de bebidas no alcohólicas y los artículos para consumo dentro de los locales. El reglamento asociado fue publicado el 7 de enero de 2026 y detalla requisitos sobre certificación de materiales para delivery, porcentaje obligatorio de plástico reciclado en botellas desechables y el espacio mínimo que deben ocupar las botellas retornables en vitrinas y estanterías.
La norma original prohibía la entrega de comida en artículos desechables para consumo en el local; sin embargo, en 2025 esa etapa fue modificada tras el lobby de grandes cadenas de comida rápida y se permitió el uso de desechables etiquetados como “biodegradables”. Esa corrección en la ley, según críticas de especialistas y organizaciones ambientales, terminó por diluir el alcance de la medida.
Uno de los puntos más polémicos del reglamento es la definición de plástico certificado para delivery. El texto exige un mínimo del 20% de origen renovable, y que el material sea compostable a nivel domiciliario y/o industrial. Para ser considerado compostable en el hogar, el reglamento recoge estándares que exigen al menos un 90% de biodegradación en un plazo máximo de 365 días, y 90% en 180 días para compostaje industrial. Aun así, la exigencia del 20% renovable implica que hasta un 80% del material puede seguir procediendo de combustibles fósiles, lo que abre espacio a lo que expertos llaman riesgo de greenwashing: que productos con mayoría de polímeros convencionales reciban certificaciones ambientales que no reflejan beneficios reales.
Además, no hay en el texto publicado exigencias claras sobre la evaluación de la seguridad de los compuestos químicos usados en estos nuevos materiales. Diversos expertos han advertido que un material mayoritariamente fósil que reclama compostabilidad puede fragmentarse en microplásticos, liberar aditivos y contaminar compost y suelos en vez de integrarse al ciclo biológico como promete la etiqueta.
El reglamento también obliga a que las botellas retornables tengan un espacio visible en vitrinas y estanterías, y promueve incentivos técnicos para su uso. Esta medida es la que, según distintas voces del mundo ambiental, ofrece el beneficio más concreto y verificable en términos de reducción de residuos. En paralelo, el documento fija un porcentaje obligatorio de plástico reciclado para las botellas desechables, aunque en la documentación disponible no se detalla de forma pública en este sumario cuál es ese porcentaje exacto.
Las consecuencias prácticas son inmediatas. Para pequeños restaurantes y locales de comida rápida, la norma puede significar tensión entre la obligación de usar materiales certificados y los costos de compra de esos insumos, especialmente si la demanda de certificar productos crece sin que existan suficientes proveedores nacionales. Para municipios y sistemas de gestión de residuos, la norma exige capacidades de compostaje y reciclaje que hoy no están uniformemente desplegadas en todo el país, lo que podría derivar en que materiales etiquetados como compostables terminen en rellenos o en plantas no preparadas.
Frente a ese panorama, las propuestas para corregir el reglamento son claras: elevar el umbral de biobased (más del 20%) o exigir metas de contenido biobasado progresivas; obligar a pruebas independientes y públicas sobre seguridad química y degradación real; condicionar la etiqueta «compostable domiciliario» a la existencia de infraestructura local de compostaje; y acelerar la expansión de sistemas de retorno y reciclaje con incentivos económicos para las botellas retornables. Además, es clave establecer mecanismos de fiscalización y sanción transparentes, con participación ciudadana en la verificación de cumplimiento.
También queda una tarea política: que el Ministerio del Medio Ambiente —y los organismos encargados de fiscalizar, como la Superintendencia del Medio Ambiente— publiquen datos sobre cómo se certifican los materiales, quiénes son los certificadores y cómo se evaluará la eficacia de la medida en terreno. En ausencia de esa transparencia, el riesgo es que la norma favorezca a la industria y deje a la ciudadanía y a los municipios con el costo de gestionar residuos que no cumplen lo prometido.
La entrada en vigencia de esta etapa de la Ley PUSU supone un avance formal en la regulación del plástico, pero su impacto real dependerá de la vigilancia, la claridad técnica y las inversiones en infraestructura. Si no se corrigen las debilidades del reglamento, lo que parecía una solución podría terminar siendo, en la práctica, un remedio peor que la enfermedad.