Santiago18 °C

Tamaño de letra

Tema

Elegir mis secciones

Tricel: el voto de Arturo Prado desempató a favor de Orrego y salvó su cargo

La sentencia de 223 páginas muestra que dos ministros querían suspender al gobernador metropolitano 15 días por faltas a la probidad.

Compartir

Según La Tercera, el presidente del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), el ministro de la Corte Suprema Arturo Prado, emitió el voto que rompió un empate de dos contra dos. Con ese voto se rechazó la destitución del gobernador metropolitano Claudio Orrego. El tribunal despachó este viernes una sentencia de 223 páginas.

El fallo ya se conocía, aunque faltaba el texto completo. El requerimiento lo presentaron consejeros regionales (cores) de la UDI y del Partido Republicano. Ellos imputaron a Orrego faltas a la probidad y notable abandono de deberes en una decena de cargos.

De acuerdo con el medio, la mayoría quedó formada por los ministros Gabriel Ascencio, Mauricio Silva y Arturo Prado. La minoría la integraron la ministra Adelita Ravanales y el ministro Omar Astudillo, ambos de la Corte Suprema. El Tricel vota por orden de antigüedad, de modo que Prado, como presidente, votó último y con el marcador empatado.

Uno de los cargos principales apuntaba a unas sesiones de coaching contratadas por el Gobierno Regional. Los cores acusaban que tenían fines electorales. La mayoría descartó esa tesis porque aplicó un estándar de prueba estricto y exigió vínculos directos y causales.

La sentencia sostiene que "no se ha logrado singularizar una instrucción concreta" del gobernador para destinar esos servicios a su campaña. Agrega que tampoco se acreditó un beneficio electoral específico obtenido con recursos públicos.

La mayoría consideró además un antecedente: la empresa Vera y Asociados S.A. prestaba servicios similares desde 2021. Para los ministros, eso debilita la hipótesis de que la contratación de 2024 buscara favorecer la reelección de Orrego. Las referencias electorales en algunas minutas, vistas en forma aislada, no bastaron para configurar desvío de recursos.

La minoría no pidió destituir al gobernador. Sin embargo, Ravanales y Astudillo estimaron que algunos cargos sí merecían castigo, y ambos coincidieron en que la sanción adecuada era una suspensión de 15 días.

Para los disidentes, los antecedentes permiten establecer irregularidades contrarias a la probidad y omisiones que configuran abandono de deberes. Sobre el coaching, concluyeron que hubo uso de recursos institucionales en provecho personal de Orrego. Encuadraron esa conducta en los numerales 3° y 4° del artículo 62 de la Ley 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado.

El fallo dividido deja a la oposición regional sin la sanción que buscaba contra el gobernador de la Región Metropolitana. La fuente no informa si los cores evalúan otras acciones tras conocer la sentencia completa.

Newsletters gratuitos

Ver la página de Newsletters