La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió este martes los recursos de amparo del abogado Darío Calderón, el senador Sergio Gahona (UDI) y el exdiputado Hugo Gutiérrez (PC). El tribunal ordenó delimitar la revisión, extracción y análisis de los dispositivos que les fueron incautados.
Los tres son imputados en la causa de la Fiscalía Oriente que indaga irregularidades en licitaciones de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas (Junaeb), vinculadas a servicios de alimentación escolar, según informó La Tercera.
En los considerandos, la Corte sostuvo que la decisión "no busca limitar ni obstaculizar la investigación del Ministerio Público", sino equilibrar la eficacia de la persecución penal con los derechos fundamentales. La extracción podrá continuar y ningún antecedente pertinente quedará fuera del alcance del fiscal, agregó el fallo.
Las instrucciones deberán verificarse ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. En quince días, la Fiscalía deberá informar el estado de la revisión, los funcionarios y peritos con acceso a las copias y los criterios de búsqueda, como palabras clave, interlocutores o cuentas, para el período entre 2018 y el 20 de agosto de 2026.
La Fiscalía tendrá 90 días para identificar la información útil, plazo que el juez podrá ampliar una sola vez. Vencido ese período, la copia íntegra de cada teléfono quedará sellada y, en una audiencia posterior, el tribunal dispondrá la eliminación de todo lo que no sea pertinente.
El fallo también excluye las comunicaciones de los imputados con sus abogados defensores, salvo que el abogado sea imputado. Si la Fiscalía encuentra antecedentes sobre otros delitos, el juez deberá verificar que se trató de un hallazgo casual y no de una revisión exploratoria. Las restricciones alcanzan al correo, las redes sociales, la mensajería y el almacenamiento en la nube.
Samuel Donoso, defensor de Calderón, dijo a La Tercera que la resolución "establece con claridad las reglas" que un juez debe fijar antes de autorizar la incautación de un teléfono. Alejandro Espinoza, abogado de Gahona, afirmó que el fallo restringe el acceso a los equipos del senador a materias ligadas a la investigación.
Según T13, la ministra Carolina Brengi se inhabilitó para revisar el amparo de Calderón. Su reemplazante, el ministro Rodrigo Carrasco, votó en contra. Sostuvo que las resoluciones del juzgado de garantía estaban fundadas y no afectaban la libertad personal ni la seguridad individual, las garantías que protege el amparo.
La sentencia aún no está firme. El Ministerio Público tiene cinco días para apelar, y todo indica que lo hará. En ese caso, resolverá la Segunda Sala de la Corte Suprema.