Ley de 40 horas: dictamen de la DT reformula interpretación de trabajadores que se pueden excluir de jornada laboral La DT emitió dos dictámenes donde aclara la forma en que se debe reducir la jornada laboral para quienes trabajen seis días a la semana y cambia la forma de interpretar el articulo 22 inciso 2º. El próximo domingo 26 de abril se cumple un segundo hito de la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas.

Ese día las empresas deberán ajustar su jornada de 44 a 42 horas semanales. Esta es la segunda reducción establecida en la Ley de 40 horas que comenzó a regir el 26 de abril de 2024.

En esa ocasión, la jornada se redujo de 45 a 44 horas. Con ello se dio el puntapié inicial al cuerpo legal que impulsó la administración de Gabriel Boric, y cuya aplicación es gradual en cinco años, con disminuciones cada dos años.

Así, en 2028 la jornada quedará en 40 horas semanales. Una de las primeras definiciones que tomó el actual gobierno fue que iba a revisar los dictámenes para introducirle algún grado de mayor flexibilidad, manteniendo los plazos de implementación.

Esos cambios se concretaron este jueves, puesto que la Dirección del Trabajo (DT) publicó dos dictámenes que apuntan en esa dirección. El primero se refiere a la proporcionalidad de la reducción de la jornada.