La creciente controversia generada por los embargos y retiros de fondos desde cuentas bancarias de deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE) motivó una respuesta directa en el Congreso. La bancada de diputados PPD-Independientes presentó un proyecto de ley que busca modificar radicalmente el mecanismo judicial utilizado para el cobro de estas obligaciones, con el objetivo de poner fin a la disparidad de criterios e interpretaciones de los tribunales sobre la materia.

El subjefe de la bancada, Héctor Ulloa, sostuvo que la propuesta responde a la profunda incertidumbre jurídica que afecta a miles de profesionales y técnicos. El parlamentario advirtió que la actual dispersión de fallos provoca que personas en condiciones idénticas de morosidad reciban un trato totalmente distinto dependiendo del tribunal o la sala que conozca su causa.

Por esta razón, el legislador enfatizó la urgencia de establecer una solución legislativa expresa que fije con claridad el marco normativo aplicable, ya que la disputa no se resolverá por sí misma en las instancias judiciales vigentes. El corazón de la propuesta busca restarle atribuciones excepcionales al órgano recaudador fiscal cuando el Estado opera exclusivamente en su calidad de aval.

El texto legal prohíbe explícitamente que la Tesorería General de la República utilice el procedimiento de cobro ejecutivo establecido en el Código Tributario para perseguir el pago del CAE. Al respecto, el diputado José Montalva aclaró que el objetivo de la iniciativa no es promover el no pago de los compromisos estudiantiles, sino regularizar un procedimiento que hoy opera de forma desproporcionada, asemejando una deuda financiera con el no pago de impuestos fiscales.

Con la aprobación de esta reforma, las cobranzas del crédito estudiantil deberán tramitarse mediante juicios ejecutivos comunes ante los tribunales civiles de letras, lo que otorgará mayores y mejores herramientas de defensa a los deudores. Como medida de resguardo inmediato para los trabajadores, el proyecto introduce una interpretación al artículo 57 del Código del Trabajo, obligando a los empleadores a identificar explícitamente el carácter remuneracional de los depósitos bancarios para proteger los sueldos de eventuales retiros forzosos.