¿Pagar impuestos legaliza una actividad? Los precedentes y el debate tras la polémica decisión del SII de gravar las apuestas digitales Entre expertos tributarios asemejan -guardando las proporciones- la decisión del organismo con la incipiente tributación de actividades no normadas, como los creadores de contenido o con el gravamen multa que se aplica a actividades ilícitas como el contrabando.
Noticias destacadas Han transcurrido nueve días desde que el Servicio de Impuestos Internos (SII) sorprendió al emitir la resolución N° 69, que instruye que las plataformas de apuestas digitales domiciliadas en el extranjero pero que entregan servicios a consumidores chilenos tienen que pagar IVA. El anuncio ha generado una serie de reacciones desde el Parlamento, la Contraloría y el mundo de los casinos físicos y constituidos en Chile, ya que el organismo dirigido por Jorge Trujillo estaría aplicando gravámenes a una actividad que la Corte Suprema ha declarado como ilegal, por lo que se estaría frente a una potencial "regularización encubierta".
De hecho, este martes el director del SII tuvo que acudir al Congreso a entregar explicaciones y respaldar jurídicamente el pronunciamiento. ¿Existen precedentes donde Impuestos Internos haya decidido aplicar gravámenes a actividades no regularizadas en el país o derechamente ilícitas?
La respuesta es afirmativa, explican abogados tributaristas. Y de hecho, recuerdan que tampoco hay que retroceder mucho en el tiempo para encontrarse con una situación similar.
El caso del IVA digital En 2020 comenzó a regir el IVA a las plataformas digitales, legislado en la Ley de Modernización Tributaria y que aplicó el gravamen al consumo a dichos contribuyentes que no estuvieran domiciliados en Chile pero que prestaran servicios a consumidores chilenos. En dicha ocasión, Impuestos Internos habilitó una plataforma para que pudieran inscribirse en el régimen especial de tributación, incluyendo a las aplicaciones de apuestas en línea.