Feriados irrenunciables: una excepción que no debe ampliarse sin criterio A veces da la impresión de que olvidamos algo bastante básico: el feriado irrenunciable no es —ni ha sido— un derecho general, sino una excepción regulatoria muy acotada, que el legislador ha reservado para supuestos específicos. Y, en ese contexto, conviene no perder de vista que la discusión relevante hoy no es revisar los existentes, sino definir con claridad los criterios para eventuales nuevas incorporaciones.
En Chile hay aproximadamente 9 millones de personas ocupadas, de las cuales cerca de 1,7 millones trabajan en el comercio, esto es, en torno a un 19%. Son precisamente estos trabajadores —y no el conjunto de los trabajadores del país— quienes están afectos al régimen de feriados irrenunciables.
Se trata, por tanto, de una limitación sectorial a la actividad económica, que obliga al cierre del comercio en determinadas fechas. Por lo mismo, su justificación no ha sido indiferente.
Históricamente, estas restricciones se han vinculado a hitos de carácter transversal, ya sea por su dimensión cívica (18 y 19 de septiembre), social (1 de mayo) o cultural ampliamente compartida (1 de enero y 25 de diciembre). No se trata de que todos los ciudadanos adhieran de igual forma a estas fechas, sino de que constituyen referencias comunes que estructuran la vida social del país.
Desde esa perspectiva, el debate que se ha dado sobre el Viernes Santo introduce una cuestión distinta. Se trata de una conmemoración religiosa relevante, sin duda, pero cuyo alcance no es universal ni transversal en el mismo sentido.