Serviu le quitó subsidio por no habitar vivienda pese a fiscalizaciones donde sí estuvo: Corte ordenó devolver beneficio El caso comenzó con una serie de fiscalizaciones a un departamento en Mejillones, donde su beneficiario había recibido un subsidio habitacional y tenía la obligación de vivir en el inmueble por al menos cinco años. Según se puede apreciar en el fallo judicial, la vivienda era utilizada desde marzo de 2024 junto a su familia, cumpliendo con la exigencia de habitabilidad.

Durante 2025, funcionarios del Serviu realizaron tres visitas al lugar: el 6 y 20 de mayo, y el 3 de junio. En la primera inspección, se dejó constancia de que el inmueble estaba habitado y que el beneficiario fue entrevistado.

En la tercera, también se registró presencia en el lugar, ya sea directamente o a través de su cónyuge. Pese a ello, el servicio concluyó que el beneficiario no residía en el inmueble, señalando que no fue encontrado en las fiscalizaciones y que la vivienda estaría ocupada por un tercero.

Con estos antecedentes, decidió revocar el subsidio mediante una resolución dictada en julio de 2025, decisión que luego fue confirmada en diciembre del mismo año tras rechazar un recurso administrativo. El afectado recurrió a la Corte de Apelaciones de Antofagasta, argumentando que sí habitaba la vivienda y que las conclusiones del Serviu se basaban en información incorrecta o mal interpretada.

Al revisar el caso, el tribunal estableció que existían contradicciones evidentes en los propios antecedentes del servicio. En particular, se constató que las actas de fiscalización indicaban que el beneficiario sí estuvo presente en al menos dos visitas, lo que desmentía la afirmación de que no fue habido en ninguna.