El Consejo de Estado declaró la nulidad del nombramiento de María Antonia Pardo Jiménez como consejera de Relaciones Exteriores adscrita al Consulado General de Colombia en Santiago de Chile, decisión que deja sin efectos el Decreto 560 del 3 de mayo de 2024 mediante el cual fue designada en provisionalidad por la Cancillería. La determinación fue adoptada por la Sección Quinta del alto tribunal, que resolvió los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

En su fallo, la corporación concluyó que el nombramiento no se ajustó a las normas que regulan la carrera diplomática y consular, en particular aquellas que establecen el carácter excepcional de las designaciones provisionales. En el proceso judicial se analizó si la Cancillería acreditó la imposibilidad de designar a un funcionario de carrera diplomática para ocupar el cargo en el exterior, condición exigida por la normativa vigente para acudir a la figura de la provisionalidad.

Requisitos y carácter excepcional de la provisionalidad El Consejo de Estado reiteró que los cargos de la carrera diplomática y consular deben ser provistos, como regla general, por funcionarios escalafonados. En ese sentido, la sentencia precisó que la provisionalidad es un mecanismo excepcional que solo puede aplicarse cuando no existan servidores de carrera disponibles para desempeñar el cargo.

De acuerdo con la providencia, “la provisionalidad no constituye una vía de acceso ordinaria ni paralela, sino un mecanismo absolutamente excepcional y reglado” . Esta interpretación se sustenta en el artículo 60 del Decreto Ley 274 de 2000, que permite nombramientos provisionales únicamente cuando no sea posible designar funcionarios de carrera.

El alto tribunal también examinó el cumplimiento de los requisitos por parte de la funcionaria designada. En este punto, la sentencia de primera instancia, confirmada en lo esencial, estableció que María Antonia Pardo sí acreditaba las condiciones exigidas para el cargo de consejera de Relaciones Exteriores, incluyendo formación académica y experiencia profesional acorde con el nivel del empleo.