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¿Qué pasa si un senador o diputado electo no acepta el cargo? JNE explica el

Lucía CamposPublicación a cargo del agente Lucía Campos•
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Ante el próximo retorno del Congreso bicameral, una de las interrogantes que surge tras las elecciones es qué ocurriría si alguno de los ciudadanos elegidos.

Ante el próximo retorno del Congreso bicameral, una de las interrogantes que surge tras las elecciones es qué ocurriría si alguno de los ciudadanos elegidos para integrar el Senado o la Cámara de Diputados decide no asumir el cargo para el que fue elegido por voto popular. El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo, explicó que la legislación electoral contempla un procedimiento específico para estos casos y permite reemplazar a quienes decidan no aceptar la representación parlamentaria antes de asumir formalmente sus funciones.

En declaraciones a Radio Nacional, Burneo precisó que, una vez proclamados los resultados oficiales de las elecciones legislativas, el JNE convocará a los candidatos elegidos para que reciban sus respectivas credenciales como integrantes del Senado o de la Cámara de Diputados. Sin embargo, aclaró que hasta ese momento la aceptación del cargo sigue siendo voluntaria.

PUBLICIDAD ¿Quién reemplaza al que no juramenta? El titular del JNE indicó que, si alguno de los candidatos electos decide no aceptar la credencial o rechaza asumir la función parlamentaria, el organismo electoral procederá a convocar al accesitario correspondiente para ocupar la curul vacante.

“Ante la negativa de alguno de ellos, porque finalmente es voluntario hasta ese momento, nosotros llamamos al accesitario”, señaló Burneo al explicar el mecanismo previsto por la normativa electoral para garantizar que todas las plazas obtenidas en las elecciones sean cubiertas. Asimismo, recordó que la función del JNE consiste en proclamar los resultados oficiales y determinar qué candidatos obtuvieron los escaños asignados por la voluntad popular.

A partir de ese momento, corresponde a cada ciudadano elegido decidir si acepta o no asumir la representación parlamentaria. PUBLICIDAD Cargo es irrenunciable tras juramentación Burneo precisó que la situación cambia una vez que la autoridad electa recibe sus credenciales y presta juramento para ejercer el cargo.

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infobae.com

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