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Sernac abre demanda colectiva por venta atada de seguro para acceder a crédito

Ilustración del perfil editorial Camila TorresCamila TorresEdición automatizada bajo responsabilidad de Periodismo2
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Tras una investigación, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) demandó a mutuaria Creditú y a Avla Seguros, acusando a la primera de imponer a los

Tras una investigación, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) demandó a mutuaria Creditú y a Avla Seguros, acusando a la primera de imponer a los consumidores la contratación de un seguro con Avla como “requisito esencial y obligatorio”, según el Sernac, para acceder a un crédito hipotecario. Técnicamente, la demanda colectiva fue interpuesta contra las empresas âCreditú administradora de Mutuos Hipotecarios S.A.â y âAVLA Seguros de Crédito y GarantÃa S.A.â por diversas infracciones a la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (LPDC).

Según dijo el Servicio en un comunicado, el análisis incluyó recopilación de antecedentes pedidos a ambas empresas e información de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Con ello, se concluyó que las dos firmas, durante el perÃodo investigado, formaban parte del mismo grupo empresarial.

Sernac presenta demanda colectiva contra aseguradora y mutuaria “Entre las principales infracciones descubiertas por el Servicio fiscalizador están las cláusulas abusivas y venta atada de seguros en los contratos de adhesión, entre otras. Los seguros no tienen beneficios para el consumidor, es decir, su único objetivo es actuar como una segunda garantÃa (adicional a la hipoteca) a favor del acreedor”, acusó en un comunicado el Sernac.

Además, revelaron que si el seguro se activa por no pago, las personas no se libran de la deuda “ya que la aseguradora subroga los derechos del acreedor y puede ejecutar la hipoteca de igual forma”. “En particular, según los antecedentes recopilados por el Servicio, la empresa realizó el cobro indebido de un seguro de crédito, el que debe reputarse interés y, en esa comprensión, excede la tasa máxima convencional”, sentenciaron.

El Servicio destacó, además, “un mandato irrevocable conferido a Creditú para autocontratar el seguro a nombre del deudor y una cláusula de aceleración que establece que, si el consumidor revoca el seguro, la empresa exigirá el pago inmediato y total de la deuda hipotecaria”. Con todo lo revelado y “con base en los argumentos jurÃdicos”, el Sernac entabló la demanda colectiva para pedir a la justicia “que declare la nulidad de las cláusulas abusivas y del contrato de seguro del crédito, cuya prima debe computarse legalmente como interés”.

Fuente original

biobiochile.cl

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