La pensión alimenticia “sin límites” que pagan quienes tienen el cuidado personal de sus hijos Según la ley, el progenitor que no está a cargo del cuidado personal debe pagar una cuota alimentaria con un límite establecido por ley: no más allá del 50% de su sueldo. Quien se queda criando debe poner otro 50%, pero, en la práctica, su trabajo cotidiano queda excluido de la ecuación económica, como también todos los gastos extras en los que debe incurrir.
De acuerdo con los especialistas, el sistema sólo perpetúa aún más la desigualdad de género que existe de base. Violeta León (37) es profesora y madre de una adolescente.
Hace más de una década pasó por mediación familiar y, al igual que otras mujeres, llegó a esta instancia como un paso obligatorio antes de demandar al padre de su hija por pensión de alimentos. El gran objetivo de la mediación es promover acuerdos colaborativos entre las partes, especialmente en materias sensibles como la crianza.
Ahora bien, en la práctica, también opera como una herramienta de descompresión del sistema judicial, ya que se apuesta por intentar resolver los conflictos antes de llegar al tribunal. Para Violeta, sin embargo, el recuerdo de este período no es agradable.
“Son instancias que tratan de hacerla corta. Se habla de pensión y de relación directa y regular, casi siempre en lo más simple: que la persona pague un porcentaje de su sueldo y fijar las visitas”, explica.