Ley Escuelas Protegidas: los detalles sobre castigos a apoderados, revisión de bolsos y actos que quitan la gratuidad El proyecto fue aprobado por una amplia mayoría de 105 votos a favor y 46 en contra; sin embargo, algunas normas fueron enviadas a reserva constitucional. La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó de forma definitiva las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley “Escuelas Protegidas”, iniciativa que busca “fijar un marco de seguridad, orden y respeto” dentro de las comunidades educativas del país.
La propuesta legal fue visada por una amplia mayoría de 105 votos a favor y 46 en contra, sustentada bajo la premisa de que no es posible asegurar el aprendizaje de los alumnos “si la violencia se instala en las aulas, afectando directamente el derecho constitucional a la educación”, señala el escrito. A pesar de que el texto fue valorado como un avance en la regulación de medidas intrusivas para resguardar a niños, niñas y adolescentes, los parlamentarios advirtieron que la ley no representa una solución mágica para erradicar la violencia estructural de la sociedad ni resuelve los problemas de fondo en materia de salud mental escolar.
Los detalles del proyecto: mochilas, gratuidad y veto a adultos El corazón del proyecto aprobado estructura una serie de herramientas administrativas y punitivas de aplicación gradual en los planteles de estudio: - Inspección de efectos personales: Los sostenedores podrán incorporar en sus reglamentos la revisión de mochilas, bolsos y efectos personales de los estudiantes, quedando estrictamente excluida la inspección de sus vestimentas. No obstante, el Senado añadió la facultad de exigir al alumno que muestre o vacíe sus bolsillos.
Si se detectan elementos peligrosos, se notificará de inmediato a los apoderados y a las policías (Carabineros o PDI). Si el escolar se niega reiteradamente a la revisión, sus padres deberán retirar las pertenencias del recinto y el colegio informará a la Oficina Local de la Niñez.
- Pérdida de la gratuidad universitaria: La norma sanciona con la pérdida del beneficio de gratuidad en la educación superior a los estudiantes condenados por delitos contra la vida, integridad física, indemnidad sexual o contra la propiedad pública y privada. En el caso de los daños materiales a la propiedad, se acotó que los ilícitos deben haber sido perpetrados al interior de establecimientos educacionales, instituciones de educación superior o en sus inmediaciones.