Tribunal acoge demanda de ChileActores y condena a Cinépolis por uso no autorizado de obras audiovisuales El 7° Juzgado Civil de Santiago condenó a Cinépolis al pago de 14.081 UF a favor de ChileActores por el uso no autorizado de obras audiovisuales entre 2019 y 2023. La sentencia ordena el cese inmediato de las proyecciones y ratifica el derecho de los intérpretes a recibir remuneración por la comunicación pública de su trabajo.
Antes ya habían ganado otra demanda similar a Cineplanet. El 7° Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de la Corporación de Actores de Chile (ChileActores) en contra de la operadora chilena de cines Cinépolis SpA -ex Cine Hoyts-, por infracción a la Ley de Propiedad Intelectual y cobro de remuneraciones.
Se trata del segundo fallo en primera instancia que confirma la potestar de la entidad colectiva que reúne a actores y actrices sobre las obras audiovisuales interpretadas. En octubre de 2025, el 4° Juzgado Civil de Santiago había acogido la demanda de Chileactores contra Cines e Inversiones Cineplex Limitada (Cineplanet), la que fue condenada al pago de una multa de 10 UTM y 2.240 UF por concepto de cobro de remuneraciones por la exhibición no autorizada de obras audiovisuales.
El lunes de la semana pasada, el juez Felipe Agurto del 7° Juzgado Civil de Santiago, condenó a la compañía al pago de 14.081 UF (cerca de $564 millones) por concepto de “remuneraciones por la utilización no autorizada de las obras audiovisuales pertenecientes al repertorio de la demandante”. Asimismo, la resolución establece el “cese inmediato de la utilización de las obras del repertorio de la actora por parte de la demandada”, sumando a la condena el pago de una multa ascendente a cinco Unidades Tributarias Mensuales (UTM) ($349 mil).
Por otro lado, la sentencia de primera instancia omitió un pronunciamiento sobre la acción de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, la cual fue interpuesta en subsidio. Finalmente, el tribunal resolvió no condenar en costas a Cinépolis, tras estimar que la empresa tuvo motivos plausibles para litigar.