Con la Ley Karin vigente, gestionar mal las vacaciones de invierno ya no es solo un problema de clima laboral: puede derivar en sanciones concretas. Experta explica qué deben revisar las empresas antes de que lleguen las solicitudes.

Las vacaciones de invierno traerán nuevamente semanas marcadas por viajes familiares, permisos y ajustes internos dentro de las empresas. Mientras desde Atacama hasta Los Ríos el receso escolar comenzará el 22 de junio y se extenderá hasta el 3 de julio, otras regiones iniciarán sus vacaciones durante julio, generando un período extendido donde miles de trabajadores deberán compatibilizar descanso, cuidados familiares y responsabilidades laborales.

Para las empresas, el desafío no es solo operativo. La entrada en vigencia de la Ley Karin instaló un marco preventivo que obliga a revisar cómo se gestionan las relaciones laborales durante estos períodos, incluyendo la forma en que se aprueban o rechazan solicitudes de descanso, la disponibilidad que se exige a los trabajadores y los criterios internos que regulan estas decisiones.

Si una empresa carece de criterios objetivos y rechaza solicitudes de manera arbitraria, se expone a la intervención directa de la Dirección del Trabajo (DT). A nivel judicial, las consecuencias pueden ser aún más severas frente a las negativas injustificadas ya que rechazar una solicitud de feriado anual sin fundar la decisión en una causa legal, o permitir que un trabajador acumule excesivamente sus vacaciones, podría considerarse un incumplimiento grave de las obligaciones del empleador, lo que habilita a los afectados a forzar un despido indirecto (autodespido) con el respectivo recargo en las indemnizaciones.

Asimismo, la insistencia en contactar a los colaboradores durante su descanso vulnera la prohibición legal expresa de formular requerimientos en días de feriado anual, y estas dinámicas, si resultan reiteradas y generan menoscabo, hoy configuran directamente acoso laboral, obligando a la empresa a activar investigaciones inmediatas y adoptar medidas de resguardo Cuando la gestión de vacaciones se convierte en riesgo legal La Ley Karin no modificó directamente las normas sobre vacaciones, pero sí estableció obligaciones concretas en materia de prevención de riesgos psicosociales. Las empresas que no cuenten con protocolos adecuados, criterios objetivos o mecanismos internos claros pueden quedar expuestas a consecuencias que van más allá del clima laboral.