Corte Suprema abre la puerta para que firmas de telecomunicaciones bloqueen sitios de apuestas online En marzo pasado, la Corte de Apelaciones afirmó que los mecanismos tecnológicos exigidos a las empresas de telecomunicaciones para bloquear los denominados "sitios espejo" no estaban “exigidos por nuestra normativa", y archivó la causa. Ahora, el máximo tribunal afirmó que se trató de un “error de tramitación".
Noticias destacadas “Sin efecto”. Así ordenó la Tercera Sala de la Corte Suprema dejar la resolución emitida por la Corte de Apelaciones el pasado 18 de marzo, en la que se dio por “cumplida” la sentencia emitida por el máximo tribunal en noviembre, de obligar a empresas de telecomunicaciones (como Claro, GTD, Entel, WOM y Movistar) a bloquear sitios de casas de apuestas online ilegales.
El conflicto tiene su origen en un recurso de protección interpuesto por Lotería de Concepción ante la Corte de Apelaciones en 2025. En él, se exigía que empresas chilenas ISP bloquearan una serie sitios de apuestas online, solicitud que –tras un primer rechazo por el órgano– finalmente fue escuchada en septiembre por la Corte Suprema.
¿Qué pasó? Rápidamente, varias plataformas de apuestas en línea crearon “sitios espejo”, es decir, páginas duplicadas con una URL diferente a la principal (las que, siguiendo lo dictado por la Corte Suprema, habían sido bloqueadas por las empresas ISP).
En respuesta, Lotería de Concepción exigió que las compañías de telecomunicaciones adoptaran mejores tecnologías para prevenir estos escenarios, como sistemas “DPI” (Deep Packet Inspection) o “SNI” (Server Name Indication). Sin embargo, tras tomar en consideración un oficio emitido por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), el tribunal de alzada rechazó la solicitud.