Sigue la saga láctea: Suprema rechaza "aclarar" fallo en disputa entre lecheros y NotCo por uso de la palabra leche El máximo tribunal indicó que las disputas marcarias corresponden a otras sedes. Aproval podría llevar el caso al Inapi.
Noticias destacadas La Cuarta Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de aclaración presentado por la Asociación Gremial de Productores de Leche de la Región de los Ríos (Aproval) sobre el fallo del máximo tribunal en su caso contra NotCo. El gremio había pedido que se aclarara si la palabra "Milk" podía seguir siendo utilizada por la empresa en sus productos.
Sin embargo, el tribunal determinó que "teniendo presente que el fallo objeto del recurso de aclaración fue adoptado en un procedimiento sobre actos de competencia desleal regulado en la Ley Nº 20.169, y que las reglas y los procedimientos relativos al otorgamiento, validez y vigencia de los derechos de propiedad industrial, incluidas las marcas comerciales, se encuentran regulados en la ley del ramo, se rechaza la petición, sin perjuicio de los derechos que pueda ejercer en la sede correspondiente". Es decir, Aproval podría recurrir ahora al Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) si es que quiere iniciar una disputa marcaria tras el fallo de la Suprema.
En su escrito solicitando la aclaración, el gremio lechero había indicado que "designar su elaboración con la palabra ‘milk es incorrecto e inexacto, por lo que constituye una práctica de engaño prohibida por la ley. No obstante ello, el señor Muchnick grita a los cuatro vientos que (la Corte Suprema) ha fallado cosa distinta; que fue absuelta de la conducta de engaño y que puede emplear libremente el término milk, lo que estimamos genera una duda que es indispensable disipar”.
Consultados en Aproval dijeron que “la resolución confirma que la Corte Suprema no ha autorizado el empleo de la marca Not Milk, como sostiene el señor Muchnick. Por el contrario, le indica a Aproval que -si desea recurrir- es al Inapi (Instituto Nacional de Propiedad Industrial) a quien le correspondería anular la marca “Not Milk”, por contener un término propio de la industria láctea y que el máximo tribunal ha establecido que vulnera las normas sobre competencia desleal”.