Reconstrucción tras incendios: proyecto detalla beneficios tributarios, repatriación de capitales, condonación de deudas municipales y facilidades de pagos a la TGR El foco principal de las iniciativas está puesto en aumentar la recaudación de impuestos para financiar la ampliación del Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, que aportará los recursos necesarios para la reconstrucción de 4.102 viviendas en Biobío y 327 en Ñuble. Noticias destacadas Un proyecto que se ha vuelto clave en la estrategia mediática del nuevo gobierno para sacar adelante el enorme paquete de reformas que está impulsando es el que aborda la reconstrucción de las viviendas e infraestructuras destruidas a comienzos de año, durante los incendios de Ñuble y Biobío.

Esto porque para parte de la oposición, que rechaza la rebaja de impuestos a las grandes empresas, trabar la aprobación del conjunto de iniciativas podría tener un alto costo político, apareciendo ante la opinión pública como el obstáculo para una medida que cuenta con amplio respaldo ciudadano. Los detalles del plan de reconstrucción para las comunas afectadas por los siniestros finalmente se conocieron este miércoles, luego de que el Presidente de la República, José Antonio Kast, enviara al Congreso el proyecto de ley misceláneo que representa el núcleo de sus promesas de campaña.

Se propone un sistema temporal, voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas que se encuentren en el extranjero, afecto al pago de un impuesto único y sustitutivo de 10%. Asimismo, se establece una tasa diferenciada de 7% para incentivar la repatriación e inversión.

Ampliación de recursos En este sentido, la batería de medidas incluye la ampliación de los recursos destinados al Fondo de Emergencia Transitorio por Incendios, creado por la Ley N° 21.681, para financiar la reconstrucción de 4.429 viviendas: 327 en Ñuble y 4.102 en Biobío. Para asegurar el financiamiento de la reconstrucción, se incorporan medidas tributarias transitorias destinadas a incrementar la recaudación fiscal.

En detalle, se propone un sistema temporal, voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas que se encuentren en el extranjero, afecto al pago de un impuesto único y sustitutivo de 10%. Asimismo, se establece una tasa diferenciada de 7% para incentivar la repatriación e inversión efectiva de los bienes o rentas declarados en Chile.