Cinco entidades del sistema bancario chileno fueron sancionadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) por una infracción concreta: otorgaron créditos a personas que figuran como deudoras de pensión de alimentos sin realizar las retenciones que la ley exige. Las entidades multadas son Banco Itaú, Banco Falabella, Banco Estado, Banco Ripley y Banco Internacional.

Banco Itaú cargó con la sanción más alta: 367 UF, cerca de 15 millones de pesos, correspondientes a tres operaciones irregulares detectadas. Agrava su posición que la entidad ya había acumulado sanciones previas por infracciones similares, lo que la convierte en el caso más grave del grupo.

Las multas se desprenden de la Ley "Papito Corazón", que busca garantizar el pago de pensiones de alimentos estableciendo restricciones financieras concretas a quienes adeudan esa obligación. Pablo Alarcón, director de la Escuela de Derecho de la Universidad Finis Terrae, explicó que la lógica es directa: si los bancos no pueden otorgar créditos a estos deudores sin cumplir con las retenciones, los morosos enfrentan consecuencias reales en su vida crediticia.

Antonia Orellana, exministra de la Mujer durante el gobierno del expresidente Gabriel Boric, señaló que fue en esa administración cuando se introdujo la norma específica que fija la fiscalización de estas irregularidades, como parte de la implementación de la misma ley.

Los cinco bancos aún tienen la opción de impugnar las resoluciones. La normativa contempla un plazo de cinco días hábiles para presentar un recurso ante la propia CMF, o de diez días hábiles para recurrir ante la Corte de Apelaciones de Santiago.