El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 0813 del 28 de abril de 2026, mediante la cual actualiza y unifica la regulación del derecho a morir dignamente en Colombia. La norma redefine el alcance de la eutanasia, reorganiza los procedimientos dentro del sistema de salud y establece nuevas obligaciones para entidades aseguradoras, prestadores y profesionales médicos, en cumplimiento de órdenes de la Corte Constitucional.

La resolución deroga disposiciones anteriores, entre ellas las resoluciones 825 de 2018 y 971 de 2021, y modifica parcialmente la regulación de los Comités de Ética Hospitalaria. Además, incorpora anexos técnicos para el reporte de solicitudes de eutanasia y formaliza una ruta con etapas definidas desde la manifestación inicial del paciente hasta la ejecución del procedimiento.

PUBLICIDAD El derecho a morir dignamente se amplía Uno de los cambios centrales es la redefinición del derecho a morir dignamente como un conjunto de opciones y no únicamente como la eutanasia. La resolución establece que este derecho comprende también la adecuación de los esfuerzos terapéuticos y los cuidados paliativos, en función de la autonomía del paciente.

De acuerdo con la norma, estas alternativas no son excluyentes ni deben seguir un orden obligatorio. “La elección de una opción sobre otra no es excluyente, como tampoco es necesario ni mandatorio que se agote una para acceder a otra”, señala el texto.

PUBLICIDAD En este marco, la eutanasia se mantiene como un procedimiento médico que induce la muerte de forma anticipada, siempre que exista una solicitud voluntaria, informada e inequívoca por parte del paciente y se cumplan las condiciones clínicas establecidas. Cambios en el acceso y responsabilidades del sistema La resolución 0813 introduce ajustes en la ruta de atención que impactan directamente a pacientes, EPS, IPS y médicos.