Abogado experto de la Universidad Andrés Bello explica qué ocurre con el patrimonio financiero digital tras la muerte de una persona. Uno de los aspectos más complejos es el de los activos digitales como las criptomonedas.

Cuentas corrientes, fondos mutuos, ahorros en billeteras digitales y criptomonedas forman parte del patrimonio que una persona deja al morir. Sin embargo, acceder a esos recursos no es automático ni sencillo para los herederos.

Así lo advierte Christofher Elso Kotzing, doctor en Derecho y profesor de Derecho Civil de la Universidad Andrés Bello (UNAB). Según el académico, el primer paso es tramitar la posesión efectiva, un requisito legal indispensable para que los herederos puedan disponer de los bienes del fallecido.

«Las cuentas corrientes u otros instrumentos de inversión forman parte del patrimonio heredable. Sin embargo, su disponibilidad no es inmediata para los herederos si no tramitan la posesión efectiva», señala Elso Kotzing.

El especialista advierte que la proliferación de instrumentos financieros digitales complejiza aún más este proceso. «Actualmente, la posibilidad de abrir cuentas en bancos, mantener dineros en billeteras digitales, o adquirir criptomonedas amplía la posibilidad de que estas sumas puedan quedar fuera del inventario de la masa heredable», afirma.