El Parlamento Europeo votó este miércoles a favor del texto legal del Reglamento de Retornos que permite, entre otros puntos, la creación de centros de devolución de migrantes en terceros paÃses, asà como agilizar las deportaciones. Los eurodiputados avalaron el texto, al que España se opuso desde su concepción, con 418 votos a favor, 218 en contra y 30 abstenciones, después de que las instituciones europeas alcanzaran un acuerdo polÃtico provisional el pasado 1 de junio.

Tras la votación, los grupos polÃticos de la derecha celebraron con aplausos y gritaron en coro “Send them back!” (enviadlos de vuelta, en inglés), mientras que los eurodiputados que no estaban de acuerdo con la normativa corearon “Shame on you” (dais vergüenza, en inglés). El texto aprobado contempla la obligación de abandonar inmediatamente o en un plazo determinado el territorio comunitario a personas de fuera de la UE que no estén en situación regular, aunque “respetando plenamente los derechos fundamentales y el derecho internacional”, explicó el Parlamento Europeo en un comunicado.

Entre estos derechos se incluyen el principio de no devolución y la prohibición de las expulsiones colectivas. Estos ciudadanos que hayan recibido una orden de retorno estarán obligados a cooperar con las autoridades.

En los casos en los que no se coopere, si existe riesgo de fuga o si suponen un riesgo para la seguridad, se contemplan detenciones que deben ser ordenadas por autoridades judiciales o administrativas y que pueden alargarse hasta 24 meses, con la posibilidad de prorrogarse otros seis. En el caso en el que este ciudadano se traslade a otro Estado miembro, este perÃodo comenzarÃa aplicarse de nuevo.

También se contemplan “acciones de investigación especÃficas para preparar o garantizar un retorno efectivo” entre las que se encuentran los registros de personas, viviendas o locales previa autorización judicial, incluida la incautación de efectos personales y dispositivos electrónicos. Según las nuevas normas, será posible trasladar a los migrantes con una resolución de retorno, a excepción de los menores no acompañados, a los denominados “centros de retorno” situados en el territorio de un paÃs que acepte acogerlos, en base a un acuerdo que los Estados miembros deberán negociar por su parte.