El Primer Tribunal Ambiental desestimó la medida cautelar presentada por tres vecinos de la localidad de El Molle que pedían detener las obras vinculadas a la Torre N° 13 de la línea de transmisión del proyecto minero Arqueros, en una resolución fechada el 20 de febrero de 2026. La acción fue interpuesta el 27 de enero y buscaba la paralización total de las obras por un supuesto riesgo de daño al sitio funerario conocido como Cementerio N° 3 del complejo cultural.
Los demandantes alegaron que la torre de alta tensión estaría emplazada sobre el Cementerio N° 3 y que movimientos de tierra podrían provocar la destrucción de mausoleos de piedra y ajuares funerarios. En su escrito invocaron, además, un informe del Consejo de Monumentos Nacionales, la institución estatal encargada de proteger el patrimonio cultural, como antecedente que respaldaría la existencia de daños.
El tribunal, integrado por el ministro presidente Alamiro Alfaro Zepeda y la ministra Sandra Álvarez Torres, concluyó que no se cumplieron las condiciones legales para ordenar la paralización preventiva. En la resolución los jueces señalan, en síntesis, que "no se configuran los presupuestos copulativos que habilitan la adopción de una medida cautelar innovativa" y que los antecedentes aportados "no permiten tener por acreditada, siquiera indiciariamente, la presunción grave del derecho invocado, ni tampoco la existencia de un riesgo actual, cierto e inminente".
El fallo agrega que no hay pruebas suficientes de un riesgo actual e inminente para el Cementerio N° 3, por lo que la solicitud de suspensión fue rechazada. El proyecto Arqueros, según los antecedentes públicos, considera una inversión de US$200 millones y una vida útil estimada en 21 años, datos que los vecinos esgrimieron como contexto del despliegue de obras en la zona.
La decisión del tribunal permite, por ahora, la continuidad de las obras en la traza de la línea de transmisión. Desde la vía judicial, los vecinos mantienen la opción de presentar nuevos antecedentes, recurrir o proseguir con la demanda principal en la tramitación ordinaria, instancias en las que deberá evaluarse en detalle la evidencia arqueológica y paisajística.
Este episodio se inscribe en un conflicto recurrente entre comunidades locales y proyectos mineros en Chile, donde la tensión entre el desarrollo extractivo y la protección del patrimonio cultural y ambiental ha generado múltiples litigios. Para la comunidad de El Molle, el fallo representa un revés inmediato, mientras que el caso podría abrir un examen más amplio sobre la calidad de los estudios previos y la coordinación entre empresas, autoridades patrimoniales y vecinos.
En lo inmediato, la resolución del Primer Tribunal Ambiental es el pronunciamiento inicial en la vía cautelar; el proceso judicial principal y la eventual presentación de nuevos informes, tanto por parte de los demandantes como por el Consejo de Monumentos Nacionales, definirán los siguientes pasos y el alcance de las salvaguardas patrimoniales en el sector.