Una observación de carácter grave formuló la ContralorÃa General de la República respecto de un contrato suscrito por la Comisión Nacional de Riego (CNR) con la consultora Arrebol IngenierÃa y Gestión del Agua SpA, luego de determinar que la empresa se encontraba legalmente inhabilitada de generar contratos con dicho organismo público. El caso adquiere especial relevancia en la zona considerando que el representante de la cuestionada empresa, Ãlvaro Isla, ejerció anteriormente como coordinador de la Macro Región Zona Norte de la CNR entre los años 2015 y 2018, antes de asumir funciones en el sector privado.
La situación quedó consignada en una auditorÃa realizada por la ContralorÃa Regional Metropolitana de Santiago, que revisó la contratación aprobada mediante la resolución exenta N° 2.877 del 30 de abril de 2024, correspondiente a la ejecución del programa âCapacitación usuarios de agua en gestión del recurso hÃdrico regiones de Antofagasta y Atacamaâ, por un monto de $357.262.000. Según el órgano fiscalizador, la revisión de los antecedentes publicados en Mercado Público permitió establecer que el gerente general y propietario de la consultora, Ãlvaro Isla Figueroa, mantenÃa un vÃnculo matrimonial con una funcionaria de la Comisión Nacional de Riego desde 2011.
La investigación también estableció que la profesional se desempeñaba a contrata en la CNR, manteniendo su vÃnculo laboral vigente durante el perÃodo en que se desarrolló la licitación y posterior adjudicación. Inhabilidad legal vigente Desde ContralorÃa puntualizaron que la Ley N° 21.634, publicada en diciembre de 2023, incorporó el artÃculo 35 quáter a la Ley de Compras Públicas N° 19.886, estableciendo expresamente que los organismos del Estado no pueden celebrar contratos administrativos con sus funcionarios, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o determinadas personas relacionadas.
La norma también extiende dicha prohibición a sociedades y empresas cuyos representantes legales o beneficiarios finales mantengan esos vÃnculos con funcionarios del organismo contratante. En este contexto, el ente fiscalizador concluyó que Arrebol IngenierÃa y Gestión del Agua SpA se encontraba impedida de contratar con la Comisión Nacional de Riego cuando obtuvo la adjudicación del programa de capacitación.
Además, el informe sostiene que en la resolución mediante la cual, se aprobó el contrato, no se efectuó el análisis exigido por la legislación para justificar una eventual excepción a la prohibición legal. La normativa contempla que, en circunstancias excepcionales y debidamente fundadas, un organismo puede celebrar contratos con personas o entidades afectadas por estas inhabilidades.