El Tribunal Constitucional rechazó cuatro disposiciones centrales del proyecto de ley "Escuelas Protegidas", entre las que figuran la facultad de revisar mochilas, vestimentas y pertenencias de los estudiantes, y la pérdida de la gratuidad en educación superior para quienes sean condenados por delitos de violencia escolar. El fallo también eliminó la inhabilidad temporal para acceder al beneficio universitario, uno de los artículos más debatidos de la iniciativa.
Francisca Bascuñán, académica del diplomado en Bienestar Socioemocional y Convivencia Escolar de la Universidad de los Andes, reconoció que, si bien el proyecto no fue invalidado en su totalidad, los artículos caídos eran precisamente los más emblemáticos. "No fue invalidada la totalidad del proyecto, pero sí se le asesta un duro golpe, pues se rechazan los temas íconos", señaló a G5 Noticias.
Lo que sí sobrevivió al fallo incluye normas como tipificar y sancionar ciertas conductas violentas, reforzar los procedimientos de expulsión y cancelación de matrícula, y fortalecer las facultades disciplinarias de los docentes dentro del aula. Bascuñán advierte, sin embargo, que buena parte de estas disposiciones ya existen en la legislación vigente: la posibilidad de retirar a un estudiante de la sala, por ejemplo, está regulada en el Estatuto Docente.
La académica apunta a un problema de fondo: la regulación de la convivencia escolar en Chile está sobrenormada y, en varios puntos, es contradictoria. Conviven la Ley Aula Segura, la Ley de Inclusión Educativa, el DFL (decreto con fuerza de ley) de subvenciones y la Ley 21.809 sobre convivencia educativa, además de dictámenes de la Superintendencia de Educación que buscan aclarar cuál norma aplica en cada caso concreto.
Otras disposiciones que quedaron vigentes, como las medidas de protección para docentes y asistentes de la educación, o el refuerzo de los deberes de seguridad en los establecimientos, también están cubiertas por la Ley 21.809. "El reforzar los deberes de resguardo de la seguridad y el orden al interior de los establecimientos ya está normado en la Ley 21.809", precisó Bascuñán.
Con las normas más emblemáticas eliminadas por el TC, el texto restante del proyecto deberá ser promulgado. Sus efectos concretos dependerán de cómo se articulen con las leyes que ya regulan la misma materia, y la Superintendencia de Educación seguirá siendo la encargada de emitir los dictámenes que aclaran qué norma prevalece cuando estas se contradicen.