El Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar absolvió al capitán de Carabineros, Marcial Barrera Pino, de los delitos de apremios ilegítimos que le atribuyó el INDH cometidos en el contexto del estallido social, el 5 de noviembre de 2019 en esa ciudad. Según se estableció en la sentencia, no se acreditó, con prueba suficiente, la participación del uniformado en los hechos investigados.
El fallo, además, relevó que no hubo reconocimiento directo del acusado y que la prueba indiciaria presentada por la fiscalía, no fue concluyente para asentar su autoría. En su resolución, el tribunal fue categórico al señalar que, al no haber adquirido convicción suficiente sobre la participación efectiva del acusado en los hechos materia del juicio, “solo puede absolver al acusado”.
Uno de los ejes centrales de la sentencia fue la falta de reconocimiento directo del acusado. El fallo establece que Marcial Barrera Pino no fue reconocido por la víctima ni por testigo presencial alguno, ni durante el juicio ni en la etapa investigativa.
Incluso, consigna que en una diligencia de reconocimiento fotográfico, la víctima identificó a una persona distinta que no era objeto de este juicio. A partir de ello, el tribunal concluyó que la identificación del acusado no fue inmediata, sino inferida por el oficial investigador a partir de diligencias que las juezas estimaron insuficientes para asentar su autoría.
La sentencia añade que aquello “instala un manto de incertidumbre” sobre quién fue el autor del hecho punible y que subsiste una duda razonable de que el agresor haya sido otra persona. Delito no acreditado El fallo también descartó que la prueba rendida permitiera acreditar que el acusado, o el carro policial Z7419 en que se desplazaba, hubiesen ingresado a la Plaza Vergara, lugar donde se situó el disparo investigado.