Durante más de un año, el Ministerio de Educación (Mineduc) ignoró la solicitud de pago de la "deuda histórica" que presentó un profesor jubilado sin dar ninguna respuesta. La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que esa actitud fue arbitraria y le dio cinco días al ministerio para pronunciarse sobre el trámite.

La "deuda histórica" es una compensación pendiente desde los años 80. Cuando la dictadura trasladó los establecimientos educacionales desde el Mineduc a las municipalidades, entre 1980 y 1987, miles de docentes dejaron de percibir una asignación salarial que les correspondía, consagrada en el decreto ley N°3.551 de 1980. Recién en 2024, la Ley N°21.728 creó un aporte único para quienes nunca recibieron ese dinero.

El obstáculo en este caso es que el docente mantenía un juicio civil pendiente contra la Municipalidad de Chillán, relacionado con el mismo cobro. La ley que creó el beneficio es explícita: quienes tengan un litigio activo sobre la misma materia no pueden acceder al aporte. Sin embargo, el Mineduc no rechazó la solicitud formalmente. Simplemente la ignoró.

Para los magistrados de la Séptima Sala, eso es actuar de forma arbitraria. El fallo, firmado por el ministro del tribunal José Pablo Rodríguez, la ministra Elsa Barrientos y el abogado integrante Luis Hernández (un abogado externo que integra la sala para casos específicos), estableció que no responder no equivale a aplicar la ley. El ministerio está obligado a pronunciarse de forma expresa, aunque sea para denegar el beneficio con fundamentos legales.

La resolución, identificada con el rol 23.359-2025, entró en vigencia de inmediato. El Mineduc tiene cinco días para emitir su pronunciamiento, y el profesor podrá recurrir a las instancias judiciales que correspondan si la respuesta no lo satisface.