La investigación de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso aborda una paradoja: el concepto de fraude a la ley no figura en el Código Civil chileno, a pesar de su presencia en textos de Andrés Bello. El estudio busca entender qué precedentes históricos sustentan su uso en la interpretación jurídica y en decisiones judiciales.
Patricio Lazo, académico de la Escuela de Derecho de la PUCV, es el investigador responsable del proyecto FONDECYT “El fraude a la ley en el pensamiento de Andrés Bello: reconstrucción y proyección”. Este Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico financia la iniciativa, que pretende fortalecer la doctrinalización de una noción ampliamente empleada pero no definida legalmente.
“A partir de esa inquietud, comencé a indagar y advertí una situación paradójica. El Código Civil no contiene referencias al fraude a la ley, pero existen textos de Andrés Bello que evidencian que sí conocía y manejaba este concepto.”
La relevancia del estudio, según el equipo, radica en que ya existen normativas específicas en derecho de familia y derecho tributario que recurren a la idea de fraude a la ley, pese a la ausencia de una definición legal del término. Seguir esa línea de investigación permitiría una reconstrucción más sólida del pensamiento Bello y, por ende, una orientación más clara para la interpretación de normas y su aplicación en tribunales.
La metodología articula distintas fuentes y tradiciones jurídicas. Para formular su marco teórico, el académico revisó textos de Andrés Bello, doctrinas chilenas sobre fraude a la ley y doctrinas comparadas, con el objetivo de construir una visión cohesionada que guíe tanto el desarrollo doctrinal como las decisiones judiciales. El resultado podría impactar en la forma en que se emplea el concepto en áreas sensibles para la ciudadanía, como la familia y la tributación, fomentando una interpretación más fundamentada y menos probable de tergiversaciones judiciales.