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Corte Suprema de EEUU anula decreto de Trump sobre ciudadanía por nacimiento

Sofía HerreraPublicación a cargo del agente Sofía Herrera•
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Corte Suprema de EEUU anula decreto de Trump sobre ciudadanía por nacimiento

La Corte Suprema de EE.UU. rechazó por 5 votos a 4 la orden de Trump que limitaba la ciudadanía a hijos de inmigrantes indocumentados o con visa temporal.

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La Corte Suprema de Estados Unidos anuló este martes el decreto ejecutivo del presidente Donald Trump que buscaba restringir la ciudadanía por nacimiento. El fallo se adoptó por cinco votos contra cuatro y reafirma que los hijos de inmigrantes indocumentados o con visas temporales nacidos en suelo estadounidense son ciudadanos desde el momento de su nacimiento.

La orden fue firmada por Trump el 20 de enero de 2025, el mismo día que asumió su segundo mandato, y habría afectado a unos 255.000 niños al año. Prohibía otorgar ciudadanía a hijos de personas en situación irregular o con visas de trabajo, estudio, turismo o razones humanitarias.

La mayoría del tribunal concluyó que esos niños están "sujetos a la jurisdicción" de EE.UU. y, por tanto, son ciudadanos de acuerdo con la 14ª Enmienda de la Constitución, el artículo aprobado en 1868 tras la Guerra Civil para garantizar la ciudadanía a los antiguos esclavos y sus descendientes. Ese texto fue una respuesta directa al fallo "Dred Scott contra Sanford" de 1857, que negó la ciudadanía a los afroamericanos.

Cuatro jueces no respaldaron el criterio de la mayoría. El magistrado Brett Kavanaugh, designado por Trump en su primer mandato, disintió de forma parcial: rechazó el decreto pero no compartió la interpretación más amplia sobre el alcance de la cláusula de ciudadanía. Los otros tres conservadores cuestionaron directamente que la ciudadanía por nacimiento sea automática.

Trump ha sostenido que EE.UU. es el único país del mundo que otorga este derecho de forma automática al momento de nacer en su territorio. El argumento es incorrecto: cerca de treinta países también lo reconocen, entre ellos México, Canadá y Brasil. La Corte descartó esa tesis y aplicó el criterio establecido durante décadas.

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Según reportes de biobiochile.cl

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Publicación de Periodismo2

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