¿Solo declarar o repatriar los capitales? Las dudas que abre la nueva ventana dual que incorporó Hacienda en la ley miscelánea La propuesta crea una innovación, ya que se podrán admitir rentas y activos fuera del país a cambio de un 10%, o reducir dicho gravamen a 7% en caso de ingresarlas e invertirlas en Chile.

Noticias destacadas Como ha sido la tónica de las más recientes reformas tributarias, el gobierno de José Antonio Kast recurrió a una vieja conocida para aumentar la recaudación de su ley de reconstrucción y reactivación económica: una ventana transitoria para declarar rentas y capitales domiciliados en el extranjero. En las reformas de 2014 y del 2024 se incorporaron mecanismos similares, con suertes dispares: hace 12 años, el Fisco logró US$ 1.500 millones, a través de 7.832 declaraciones gravadas con un impuesto de 8%.

¿La meta original? US$ 89 millones.

Una década más tarde y con apenas dos meses de vigencia, la ventana recaudó solo US$ 104 millones, apenas un 15,6% de la meta de US$ 668 millones. Eso sí, la nueva propuesta legislativa trae una novedad, al ser dual: por un lado, existirá un sistema voluntario por 12 meses para declarar bienes o rentas en el extranjero, con un impuesto único y sustitutivo del 10%; pero, por otro, la tasa baja al 7% si los bienes se repatrian dentro de tres años y se invirten en inmuebles DFL-2 o valores del artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), que incluye acciones, fondos mutuos y fondos de inversión chilenos con alta presencia bursátil, por al menos ocho años.

Si dichos recursos se retiran antes de este último plazo, el contribuyente deberá pagar la diferencia de impuesto. Con esto, el Fisco buscará recaudar a lo menos US$ 338 millones.