Senado despacha a ley proyecto que promueve medidas para la inclusión laboral de las mujeres en las empresas La iniciativa se aprobó sólo con votos de la oposición, mientras que el oficialismo votó en contra, salvo el vicepresidente de la corporacipon Iván Moreira (UDI) que se abstuvo. Noticias destacadas Tras superar su tercer trámite en el Senado, quedó listo para ser promulgado por el gobierno del Presidente José Antonio Kast, el proyecto que modifica el Código del Trabajo y promueve la transparencia y la adopción de medidas para la inclusión laboral de las mujeres en las empresas.
La iniciativa, que ingresó en enero de 2023 promovida por los senadores Loreto Carvajal (PPD), Paulina Núñez (RN) -quien no votó en la Sala-, Claudia Pascual (PC), la exsenadora Isabel Allende (PS) y el senador también socialista Gastón Saavedra, fue aprobada con 18 votos de la oposición, 10 en contra del oficialismo y la abstención del vicepresidente de la corporación, el UDI Iván Moreira. La moción parlamentaria establece que las empresas de 200 o más trabajadores deberán elaborar un informe anual sobre el estado de la equidad de género al interior de la organización y las medidas adoptadas para que esta concrete; y, las empresas de 50 o más trabajadores que pertenezcan al sector minero, de investigación y desarrollo, financiero, de energía, del transporte y de la construcción, también deberán realizar el citado informe.
Contenidos del informe Dicho documento, deberá contener al menos el porcentaje de participación de mujeres dentro de la organización; indicadores sobre su ejercicio en cargos de responsabilidad; medidas para la conciliación de la vida laboral, familiar y personal; antecedentes de brecha salarial; y, otras medidas que se hayan implementado para promover la equidad de género. Para ello, el informe considerará los parámetros en la materia establecidos mediante resolución del Ministerio del Trabajo, previo informe del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género.
La iniciativa establece también que el texto deberá ser elaborado y enviado electrónicamente, en el mes de marzo de cada año, a la Dirección del Trabajo, que deberá remitirlo, dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de abril de dicha anualidad, al Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y Equidad de Género y al Consejo Superior Laboral. Por último, el documento deberá estar a disposición del público en los respectivos sitios electrónicos de las empresas.
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