Puertecillo, el exclusivo loteo de Jorge Gámez, “evalúa los pasos a seguir” tras el portazo del Comité de Ministros Instancia liderada por la ministra del Medio Ambiente dijo que el cumplimiento del requisito del Permiso Ambiental Sectorial sobre no originar nuevos núcleos urbanos “no logró acreditarse”. Noticias destacadas En solo tres meses de gestión, el Comité de Ministros de la administración Kast revisó más de una docena de proyectos con recursos de reclamación pendientes, destrabando inversiones por casi US$ 7 mil millones.
Y mientras muchos privados celebran, hay uno que recibió un portazo de la instancia presidida por la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo: Punta Puertecillo, un exclusivo complejo inmobiliario emplazado en Litueche, Región de O’Higgins. A principios de este 2026, la Inmobiliaria e Inversiones Ayelén Limitada -dueña del proyecto Punta Puertecillo, ligada al empresario Jorge Gálmez- había presentado un recurso de reclamación ante el comité, luego que la Comisión de Evaluación Región de O’Higgins rechazara el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto.
Con esta iniciativa, que considera una inversión de US$ 20 millones, la empresa buscaba “regularizar” el proyecto inmobiliario, el que ha enfrentado duros cuestionamientos, como “la inminencia de un perjuicio ambiental”, según un fallo de la Corte Suprema. El máximo tribunal, junto con aplicar una multa, ordenó la prohibición de nuevas ventas de terrenos -de un total de 307, de los cuales 197 ya fueron enajenados- hasta la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.
La inmobiliaria había solicitado al Comité dejar sin efecto la RCA rechazada, y que se retrotrajera el procedimiento de evaluación al estado de tener que elaborarse por el Servicio de Evaluación Ambiental de la región, el Informe Consolidado de Solicitudes de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones (Icsara) del EIA. Esto, según el privado, con el objeto de poder dar respuesta a las observaciones de los órganos competentes y completar la evaluación ambiental ordenada por la Corte Suprema.
No obstante, el pasado 28 de mayo, el Comité de Ministros rechazó la reclamación y, ayer jueves, se liberó el acta del acuerdo alcanzado por la instancia. En ella, se explicitó que Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), los proyectos que contemplen realizar ciertas obras en el suelo rural y que se encuentren dentro de los presupuestos establecidos en las excepciones del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), requieren necesariamente el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 160.