Será ley: aprueban prohibición de porte y tenencia de armas para procesados o condenados por VIF T13 En Vivo En unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó las enmiendas promovidas por el Senado para el proyecto que prohíbe el porte y tenencia de armas de fuego a personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar (VIF). La iniciativa se originó en una moción de la diputada Lorena Fries (FA) y otros miembros de su bancada; y se despachó de la Cámara en enero de 2025.
Posteriormente, se recibió la propuesta con "adecuaciones o precisiones de las normas" desde el Senado. Fiscalía confirma apertura de investigación contra embajador en Israel, Gabriel Zaliasnik Aprueban prohibición de armas para condenados por VIF En concreto, se propone incorporar el hecho de tener armas inscritas como presunción de situación de riesgo inminente de VIF.
En caso de intimidación, el juez aplicará como medida cautelar la prohibición de porte y tenencia de armas de fuego. De todas formas, la denuncia debe estar fundada en un hecho que afecte la vida, integridad física y/o psíquica, libertad o indemnidad sexual de la víctima.
Adicionalmente, la persona denunciada se debe encontrar autorizada para el porte, tenencia o transporte de armas de fuego y también aplica para cuando se encuentre en posesión o tenencia de un arma de fuego sin la autorización correspondiente. En el caso de personas condenadas, la norma establece la prohibición de tener armas de fuego y se ordena su decomiso en caso de tenerlas.
Al respecto, se informará a la Dirección General de Movilización Nacional quienes, en un plazo no mayor a 24 horas, deberán realizar la anotación de prohibición de porte, tenencia o uso de armas de fuego. Por otra parte, si se trata de miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o Gendarmería, se deberá comunicar a la institución a la que pertenece para los fines legales y reglamentarios que correspondan.